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Subvenciones a las explotaciones agrarias de titularidad compartida, 2024.
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Extracto de la Orden de 29 de abril de 2024, de convocatoria para la concesión directa de subvenciones a las explotaciones agrarias de titularidad compartida, para el ejercicio 2024. - Boletín Oficial del Estado de 01/05/2024
Plazo de la solicitud:ABIERTO, 02/05/2024 hasta 22/05/2024
Beneficiarios: Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
Tipo: Convocatorias
Boletín: Boletín Oficial del Estado
Cuantía: El importe máximo total en la presente convocatoria es de 1.795.000,00 euros.
BDNS (Indetif.): 748875
Categorías: Agricultura, Caza y pesca, Empleo y contratación, Desarrollo Local y Rural, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Educación y ciencia
BDNS(Identif.):748875
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/748875)
Primero. Beneficiarios:
Las explotaciones agrarias de titularidad compartida que se hallen inscritas en situación de alta en el Registro de explotaciones agrarias de titularidad compartida del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con un mes de antelación a la fecha en que se publique el extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Segundo. Finalidad:
Convocar, en régimen de concesión directa, para el ejercicio 2024, subvenciones a favor de las explotaciones agrarias de titularidad compartida, en los términos establecidos en el Real Decreto 819/2021, de 28 de septiembre, con el objetivo de contribuir al pago de las cuotas correspondientes de la Seguridad Social que deben abonar los titulares de la misma.
Tercero. Bases reguladoras:
Real Decreto 819/2021 de 28 de septiembre, publicado en Boletín Oficial del Estado número 233, de 29 de septiembre de 2021.
Cuarto. Cuantía:
El importe máximo total en la presente convocatoria es de 1.795.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de la documentación:
Las entidades presentarán la documentación prevista en el Real Decreto 819/2021, de 28 de septiembre, o la renuncia a la subvención, en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 29 de abril de 2024.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación. P.D. Orden APA/21/2019, de 10 de enero (BOE de 18 de enero de 2019), modificada por Orden APA/102/2023, de 30 de enero (BOE de 7 de febrero de 2023), la Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, Isabel Bombal Díaz.
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