Una vez confirmada la expropiación, el propietario tiene derecho a recibir una indemnización, que es lo que se conoce como justiprecio. (Ver caso práctico PIBA-6) .
Esta cantidad será fijada previa tasación de los bienes o derechos objeto de expropiación, teniendo en cuenta el valor que tienen en el momento de iniciarse el expediente expropiatorio, dicho precio puede ser acordado de dos formas: mediante mutuo acuerdo, o bien si, falta éste, a través del Jurado de Expropiación. (Ver caso práctico...
[Todos los precios son sin I.V.A. incluido]
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