La licencia urbanística es una manifestación de las potestades administrativas, mediante la que se intenta salvar un obstáculo (administrativo), que se opone al ejercicio de la actividad pretendida por parte de un sujeto determinado, previa comprobación de su ajuste a la Ley.
Es el modo de intervención en la edificación y uso del suelo, que tiene por finalidad comprobar que los actos de ocupación, construcción, edificación y uso del suelo y del subsuelo proyectados se ajustan al ordenamiento urbanístico vigente.
Es un acto administrativo de naturaleza reglada mediante la cual la Administración actúa con un control preventivo sobre la actividad de los administrados, para asegurar que el aprovechamiento de los terrenos que se pretende llevar a cabo se ajusta a la ordenación urbanística.
Toda licencia no es más que un acto de autorización, de simple declaración formal de un derecho preexistente, en virtud del cual y a través del pertinente procedimiento administrativo, se lleva a cabo un control de la actividad solicitada por el particular, comprobándose si se ajusta o no a la legislación aplicable.
---
Características de la licencia urbanística
Es un mecanismo de control de los actos de edificación y otros usos del suelo, para garantizar la legalidad y el planeamiento urbanístico; como tal debe reunir los
[Todos los precios son sin I.V.A. incluido]
Optimice la gestión de su despacho | Adaptación a la LOPD | Factura electrónica | Promoción y presencia en internet
© Iberley | Aviso Legal | Política de privacidad