Registro de la propiedad y urbanismo
El Urbanismo tiene por finalidad ordenar el proceso de transformación del suelo, el desarrollo de los núcleos urbanos, su conservación, y tiene como ayuda la disciplina urbanística que garantiza la conservación de la legalidad ante posibles vulneraciones de la misma. Y en este punto debemos reflejar la importancia que puede tener el Registro de la Propiedad para el desarrollo del planeamiento y la seguridad jurídica que debería imperar en el sistema, sin olvidarnos de la publicidad de los actos.
La publicidad, esencia misma del Registro, sirve en materia de Urbanismo para dar a conocer determinadas circunstancias que afectan a la finca (y no tanto, señalar la titularidad y cargas existentes sobre el inmueble incluido en el planeamiento).
Los actos que son inscribibles en el Registro de la Propiedad son según el artículo 51 del Texto Refundido de la Ley de Suelo de 2008 los siguientes:
[Todos los precios son sin I.V.A. incluido]
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