El transporte aéreo se concibe como una actividad dirigida a trasladar mediante aeronaves, y de un lugar a otro, pasajeros, correos y mercancías.
Por lo que se refiere al transporte aéreo, ha propiciado en el transporte internacional la firma de Acuerdos o Convenios Internacionales, con la finalidad también como ocurre en el Convenio de Montreal de 28 de mayo de 1999, de actualizar y unificar ciertas reglas relativas al Transporte Aéreo, en lo que se refiere al contrato de transporte internacional.
Se señala que la normativa general del transporte aéreo nacional (Ley de Navegación Aérea de fecha 21 de julio de 1960) e internacional (Convenio de Chicago de 7 de diciembre de 1944, sobre Aviación Civil Internacional), además de los convenios correspondientes, junto con los Protocolos modificativos del Convenio de Varsovia, han de tenerse en cuenta en nuestro Derecho interno además de las normas de la Unión Europea que puedan ser de aplicación directa a este modo de transporte.
Otras normas de carácter interno:
- Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea.
- Real Decreto...
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