Las infracciones son todas aquellas conductas que contravienen una norma legal, y por consiguiente, tienen una consecuencia punitiva que no es otra que la sanción que debe imponerse por tal comportamiento ilícito.
Toda infracción debe estar tipificada como tal en la legislación y debe contener igualmente la sanción que le corresponde.
Las infracciones en materia de tráfico se clasifican en leves, graves y muy graves.
INFRACCIONES LEVES
Son infracciones leves las cometidas contra las normas contenidas en la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial que no se califiquen expresamente como graves o muy graves.
En particular es falta leve no hacer uso por parte de los usuarios de bicicletas de los elementos y prendas reflectantes.
INFRACCIONES GRAVES
Son infracciones graves, cuando no sean constitutivas de delito, las siguientes:
a) No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos, de acuerdo con lo recogido en el Anexo IV de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.
b) Circular en un tramo a una velocidad media superior a los límites establecidos reglamentariamente, de acuerdo con lo recogido en el Anexo IV de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.
c) Incumplir las disposiciones establecidas en materia de prioridad de paso, adelantamientos, cambios de dirección o sentido y marcha atrás, sentido de la circulación, utilización de carriles y arcenes y, en general, toda vulneración de las ordenaciones especiales de tráfico por razones de seguridad o fluidez de la circulación.
d) Parar o estacionar en el carril bus, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones.
e) Circular sin hacer uso del alumbrado reglamentario, salvo que el vehículo sea una bicicleta en cuyo caso la infracción tendrá el carácter de leve.
f) Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que disminuyan la obligatoria...
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