La nota dominante de las relaciones jurídicas internas dentro de la sociedad colectiva es la posibilidad de participación de todos los socios en la gestión social. Pero en la escritura puede pactarse el régimen más conveniente en cuanto a la administración de la sociedad. El artículo 178 Reglamento del Registro Mercantil nos dice que figurarán en la escritura "los socios a quienes se encomiende la administración y representación de la sociedad".
Ejercicio de la actividad gestora.
La libertad de pactos hace que las posibilidades sean muy variadas:
En el supuesto de...
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