Empresas constructoras e inmobiliarias.
A partir de 2008, existen dos Planes de Contabilidad: el Plan Contable General y el Plan contable para PYMES.
La aplicación del Plan para PYMES es voluntario. La empresa que opte por la aplicación del plan sectorial, deberá aplicarlo de forma completa. No obstante, no tendrán carácter vinculante los movimientos contables incluidos en la quinta parte y los aspectos relativos a la numeración y denominación de las cuentas incluidas en la cuarta parte, salvo para aquellos aspectos que contengan criterios de registro y valoración.
Cuando una empresa que aplique el Plan para PYMES realice una operación cuyo tratamiento contable no esté contemplado en dicho Plan, será necesario remitirse a la correspondiente norma y apartados contenidos en el PGC con la excepción de los relativos a activos no corrientes y...
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