Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (21000205011982) de Huelva
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Convenio Colectivo de Sec... de Huelva

Última revisión
25/06/2020

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (21000205011982) de Huelva

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 05 de Junio de 2020 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 73-75)

Resolucion de registro y deposito del acuerdo de la Comision Negociadora del Convenio Colectivo para las Industrias de la construccion y obras publicas de la Provincia de Huelva. (Boletín Oficial de Huelva num. 97 de 25/06/2020)

Convenio o Acuerdo: CONSTRUCCION Expediente: 21/12/0024/2020 Fecha: 05/06/2020

Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN Código 21100085122020.

RESOLUCIÓN de la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad de la Junta de Andalucía en Huelva, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE HUELVA.

VISTO el texto del ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE HUELVA, que fue suscrito con fecha 26 de marzo de 2020 entre las representaciones de la Asociación de Empresarios de la Construcción de Huelva AECO y de las centrales sindicales CCOO de Construcción y Servicios de Huelva y FICA-UGT Huelva, en su condición de integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 86.3, párrafo 2o, del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo; en el Real De creto 4043/82, de 29 de diciembre, por el que se traspasan funciones y servicios a la Junta de Andalucía; en el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero; Decreto 100 /2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo; Decreto 342/2012 de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por Decreto 32/2019, de 5 de febrero y disposiciones concordantes, esta Delegación Territorial, en uso de sus atribuciones, acuerda:

PRIMERO: Ordenar la inscripción del referido acuerdo de la Comisión Negociadora en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo de la Junta de Andalucía en Huelva (en la aplicación web REGCON), con notificación a la Comisión Negociadora.

SEGUNDO: Disponer su depósito.

TERCERO: Solicitar la publicación del texto del acuerdo de la Comisión Negociadora mencionado en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, para conocimiento y cumplimiento por las partes afectadas.

EL DELEGADO TERRITORIAL, ANTONIO AUGUSTÍN VÁZQUEZ.

ACTA DE ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE HUELVA

ASISTENTES AECO

D. Martín Vázquez Hierro U.G.T.

D. Diego Vega Prera CC.OO

D. Gerardo Fernández Gómez

En la ciudad de Huelva, siendo las 11.00 horas del día 2 6 de marzo de 2020, se reúnen de manera virtual los Sres. que en el encabezamiento se relacionan, en nombre y representación de las Organizaciones Empresariales y Sindicales que se indican.

EXPONEN:

1º) Que en atención a las circunstancias excepcionales e inéditas que se están viviendo en España a raíz de la conocida como crisis del Coronavirus (Covid-19), situación que ha originado una emergencia sanitaria nacional y que ha comportado la declaración del Estado de Alarma a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, han decidido, en cumplimiento de la norma general de confinamiento que compete a la ciudadanía, llevar a cabo de forma virtual, urgente y extraordinaria la presente reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Construcción y Obras Públicas.

2º) Que en el marco de la citada situación se han dictado determinadas normas de estricto cumplimiento, de contención del virus y de protección frente al mismo, de afectación a los trabajadores y trabajadoras cuyos centros de trabajo continúan operativos aún en el estado de alarma decretado, destacándose el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

3º) Que el sector constructivo, en todas sus vertientes, se está viendo severamente afectado por la situación de excepcionalidad que compete a la población en general y al mercado de bienes y servicios y al tráfico mercantil y de negocio en particular, dada la carencia de equipos de protección y elementos de seguridad existentes; los retrasos y complicaciones en los aprovisionamientos de materiales en obras provocados por las restricciones en la movilidad y transporte y por el cierre de fronteras; las propias limitaciones de movilidad y controles existentes a tal fin; el creciente número de contagios y personas en cuarenta o aislamiento forzoso; la alarma social creada para el conjunto general de la ciudadanía, y otros factores con?ûuyentes.

4º) Que no obstante todo lo anterior y conscientes de las severas dificultades existentes, en el escenario general de recomendación administrativa existente, de activar todos los resortes posibles para la contención del virus y la protección de las personas, y en ejercicio de responsabilidad, solidaridad, disciplina y concienciación social, las partes comparecientes, representando a empresas y trabajadores/as del sector para la Provincia de Huelva, han alcanzado por unanimidad los siguientes,

ACUERDOS:

Primero. De forma extraordinaria y desde el día 30 de marzo de 2020 y hasta que perdure la situa ción de excepcionalidad y el estado de alarma que compete a nuestro país, modificar el calendario laboral para el sector de la construcción en la Provincia de Huelva para 2020, estableciendo una JORNADA DE TRABAJO de 7 h., conforme a los horarios que establece el convenio provincial de Construcción de Huelva en su artículo 16, jornadas de Lunes a Viernes incluyéndose en la indicada franja los 15 minutos de descanso para el bocadillo.

Una vez decretado el cese del estado de alarma, se procederá a regularizar el calendario laboral, a fin de dar cumplimiento a las 1736 horas de trabajo que para el año 2020 establece el Convenio Provincial de Construcción de Huelva.

Segundo. Aprovechar la presente reunión para confirmar la interpretación de esta Comisión Negociadora y Paritaria respecto a lo dispuesto en el art. 24.1 del Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, en el sentido de entender, conforme a la literalidad del precepto, que en los expedientes de suspen sión de contratos y reducción de jornada autorizados en base a fuerza mayor temporal vinculada al COVID-19 que pudieran articular las empresas constructoras al amparo de la situación actual, la Tesorería General de la Seguridad Social habrá de exonerar a estas del abono de la aportación empresarial prevista en el artículo 273.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, así como del relativo a las cuotas por conceptos de recaudación conjunta, mientras dure el período de suspensión de contratos o reducción de jornada autorizado en base a dicha causa, cuando la empresa, a fecha 29 de febrero de 2020, tuviera menos de 50 trabajadores en situación de alta en la Seguridad Social. Si la empresa tuviera 50 trabajadores o más, en situación de alta en la Seguridad Social, la exoneración de la obligación de cotizar alcanzará al 75% de la aportación empresarial.

Ello de cara a incentivar a las empresas, caso de ser necesario y desde la diligencia debida y el rigor, al acogimiento de las mismas a los mecanismos de ERTE previstos en la normativa, como cauce para afrontar las dificultades existentes y las paralizaciones de actividad que pudieran afectarles, frente a la eventual activación de despidos y expedientes de regulación extintivos, sin perjuicio de las concretas circunstancias que pudieren concurrir en cada caso.

Tercero. Aprobar la presente acta por unanimidad al finalizar la reunión, facultando al Sr. D. Diego Vega Prera para que, en su caso, y en nombre de la presente Comisión Negociadora proceda a la tramitación y registro de la misma y de los acuerdos adoptados ante los Organismo y Autoridades que resultaren precisos.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión en el lugar y fecha arriba indicada, siendo las 13.00 horas.

Firmado: AECO UGT CC.OO