Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (41000915011982) de Sevilla
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Convenio Colectivo de Sec...de Sevilla

Última revisión
30/01/2023

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS (41000915011982) de Sevilla

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante

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Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción y Obras Públicas de Sevilla y provincia fijando el calendario laboral para 2023 (Boletín Oficial de Sevilla num. 19 de 25/01/2023)


Convenio o Acuerdo: CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS

Expediente: 41/01/0337/2022

Fecha: 09/01/2023

Asunto: RESOLUCIÓN DE INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN

Destinatario: JUAN ANTONIO CASTRO GARCIA

Código 41000915011982.

VISTO el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de la Construcción y Obras Públicas de Sevilla y Provincia (cod. 41000915011982), fijando el calendario laboral para el 2023.

VISTO lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre (E.T.), por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores (BOE 255, de 24/10/2015), de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.

VISTO lo dispuesto en los artículos 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (BOE 143, de 12/06/2010), sobre “registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad”, serán objeto de inscripción en los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de planes de igualdad y otros.

VISTO lo dispuesto en los artículos 3, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo (BOE n.º 143 de 12 de junio), Real Decreto 4043/82 de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en concordancia con el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, que regula la organización territorial provincial de la administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.

Esta Delegación Territorial,

ACUERDA:

PRIMERO.- Registrar el Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectio del Sector de la Construcción y Obras Públicas de Sevilla y Provincia (cod. 41000915011982), fijando el calentario
laboral para el 2023.

SEGUNDO.- Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia.

DELEGADO TERRITORIAL DE EMPLEO, ANTONIO AUGUSTIN VAZQUEZ

ACTA DE ACUERDO DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO PROVINCIAL DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE SEVILLA

ASISTENTES

GAESCO
D. Juan Aguilera Ruiz
D. Marcos Cañadas Bores
(en calidad de asesor)

UGT
D. Juan Antonio Castro
García
Doña María Morales
Rodríguez
D. Miguel Ángel Méndez
Valencia

CC.OO
D. Raúl Sánchez Torres
Dña. Mercedes Santoja
Portillo
D. Manuel Jiménez
Tejero

En la ciudad de Sevilla, siendo las 10.35 horas del día 1 de diciembre de 2022, se reúnen en la sede de GAESCO, sita en calle Deán López Cepero nº 1 (C.P. 41003), las personas que al margen se relacionan, en nombre y representación de las Organizaciones Empresariales y Sindicales que se indican. En el seno de la reunión, debidamente convocada, y tras el debate y sometimiento de los puntos que han conformado el Orden del Día, se han adoptado los siguientes,

ACUERDOS:

Primero.- Convenir el siguiente calendario laboral para el año 2023, sobre la base de una jornada anual de trabajo efectivo de 1736 horas.

- Se declaran días inhábiles de convenio los siguientes:

13 de octubre (puente del Pilar).

7 de diciembre (puente de la Constitución).

- La jornada intensiva se fija en 48 días hábiles, comprendiendo desde el 26 de junio hasta el 1 de septiembre, ambos inclusive, de 2023, siendo la jornada de trabajo de 7 horas efectivas de lunes a viernes, y el horario durante dicho período desde las siete treinta horas de la mañana (07.30 h) hasta las catorce treinta de la tarde (14.30 h), entendiéndos e incluido los 15 minutos de descanso para el bocadillo.

- No obstante, lo anterior, cuando la AGENCIA ESTATAL DE METEOROLOGIA (A.E.M.E.T.), comunique situaciones de alerta naranja o roja por posibles olas de calor, de manera extraordinaria, la jornada de trabajo se desarrollará temporalmente durante la vigencia de dicha alerta de forma continuada en horario de 07.00 a 15.00 h., con independencia del periodo del año de que se trate.

Segundo.- El presente acuerdo habrá de entenderse incorporado, con plenos efectos, en el texto del Convenio Colectivo Provincial de la Construcción y Obras Públicas de Sevilla vigente para el año 2023, comprometiéndose las partes a dar máxima difusión al presente acuerdo al objeto de su aplicación efectiva e inmediata.

Tercero.- Facultar a las organizaciones firmantes para que legitimen y suscriban los acuerdos referidos en la presente acta, así como los de convenio mediante la firma de un único representante por cada institución, sin que ello merme la validez y eficacia de los acuerdos.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión en el lugar y fecha arriba indicada, siendo las 11.50 horas.