Convenio Colectivo de Sector de DERIVADOS DEL CEMENTO (18000195011981) de Granada
Convenios
Convenio Colectivo de Sec...de Granada

Última revisión
13/12/2018

Revision , Calendario. Convenio Colectivo de Sector de DERIVADOS DEL CEMENTO (18000195011981) de Granada

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2016 en adelante

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Acuerdo de la comision negociadora del Convenio colectivo para el sector de Derivados del Cemento de Granada y provincia sobre el Calendario laboral 2019 y tablas salariales 2016 y 2017. Codigo de convenio nº 18000195011981 (Boletín Oficial de Granada num. 238 de 13/12/2018)

ANUNCIO

Resolución de 27 de noviembre de 2018, de la Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad de la Junta de Andalucía por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el Sector de Derivados del Cemento, sobre Tablas Salariales 2016, Tablas Salariales 2017 y Calendario Laboral para el año 2019,

VISTO el texto del Acuerdo de la Comisión Negociadora del CONVENIO COLECTIVO PARA EL SECTOR DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE GRANADA Y PROVINCIA, sobre TABLAS SALARIALES 2016, TABLAS SALARIALES 2017 Y CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2019, (con código de convenio nº 18000195011981), adoptado de una parte por ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE GRANADA, y de otra por representantes de UGT y CC.OO., presentado el día 23 de octubre de 2018 ante esta Delegación Territorial, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y demás disposiciones legales pertinentes, esta Delegación Territorial de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad de la Junta de Andalucía,

ACUERDA:

PRIMERO. Ordenar la inscripción del citado Calendario Laboral en el mencionado Registro de esta Delegación Territorial.

SEGUNDO. Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia.

La Delegada Territorial, Ana Belén Palomares Bastida.

ASISTENTES ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA DE EMPRESARIOS DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE LA PROVINCIA DE GRANADA (ADEGRA)

Manuel García Rejón

UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (UGT)

Francisco Ruiz-Ruano Ruiz

COMISIONES OBRERAS (CCOO)

Yolanda Núñez Morales

ACTA

En la Ciudad de Granada siendo las 09,00 has horas del día 18 de octubre de 2018, en los locales de U.G.T. Fica.-Granada, con domicilio en calle Periodista Francisco Javier Cobos nº 2 de Granada, se reúnen las personas al margen relacionadas, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo, para el Sector de Derivados del Cemento para Granada y su Provincia, al objeto de tratar los siguientes puntos del Orden del Día:

* Tablas salariales definitivas año 2016

* Tablas salariales definitivas año 2017

* Calendario laboral 2019

Abierto el acto, las partes deliberan respecto al contenido del orden del día llegando a los siguientes acuerdos:

Primero.- Se acuerdan las tablas salariales definitivas para los años 2016 y 2017 que se adjuntan al presente acta, una vez aplicada la revisión económica del 1% y del 1,5% respectivamente. Estas tablas tendrán carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2016. Los atrasos salariales correspondientes a dicha revisión, serán abonables por parte de las empresas a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, (BOP).

Segundo.- Se procede a la aprobación y firma del Calendario Laboral y el Acuerdo de Jornada Continuada para el año 2019, adjuntado al presente acta.

En prueba de conformidad con lo anteriormente expuesto firmamos la presente acta en el lugar y fecha arriba indicados, acordando que Eva María Rodríguez Pérez, responsable de comunicación de UGT, remita el presente acuerdo a la Autoridad Laboral a efectos de su inscripción, depósito y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANEXO III. TABLA DE RETRIBUCIONES

AÑO 2016

Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI

AÑO 2017

Este documento contiene un PDF, para descargarlo pulse AQUI

CALENDARIO LABORAL PARA EL SECTOR DE DERIVADOS DEL CEMENTO, AÑO 2019

ENERO (20 días laborables).Martes 1: Año Nuevo (Fiesta Nacional)

Miércoles 2: Toma de Granada (Fiesta Local) (*)

Lunes 7: Epifanía del Señor Fiesta nacional)

FEBRERO (19 días laborables).

Jueves 28: Día de Andalucía (Fiesta Autonómica)

MARZO (20 días laborables).

Viernes 1: Ajuste de jornada

ABRIL (20 días laborables).

Jueves 18: Jueves Santo (Fiesta autonómica)

Viernes 19: Viernes Santo (Fiesta nacional)

MAYO (19 días laborables).

Miércoles 1: Día del Trabajo (Fiesta Nacional)

Jueves 2: Ajuste de jornada

Viernes 3: Ajuste de jornada

JUNIO (18 días laborables).

Jueves 20: Corpus Christi (fiesta local) (**)

Viernes 21: Ajuste de jornada

JULIO (23 días laborables).

AGOSTO (21 días laborables).

Jueves 15: Asunción de la Virgen (Fiesta Nacional)

SEPTIEMBRE (21 días laborables)

.OCTUBRE (23 días laborables).

NOVIEMBRE (20 días laborables).

Viernes 2: Todos los Santos (Fiesta Nacional)

DICIEMBRE (15 días laborables).

Viernes 6: Día de la Constitución (Fiesta Nacional)

Lunes 9: Día de la Inmaculada (Fiesta Nacional)

Lunes 23: Ajuste de jornada

Martes 24: Nochebuena (Fiesta de Convenio)

Miércoles 25: Natividad del Señor (Fiesta Nacional)

Lunes 30: Ajuste de jornada

Martes 31: Fiesta de Convenio

(*) Las fiestas locales son referidas a Granada capital, a sustituir en cada localidad por las propias. En caso de que dichas fiestas locales coincidan con las fiestas de convenio, éstas se trasladarán al día de carácter hábil anterior o posterior.

(**) En los municipios en que no sea fiesta local el viernes 21 de junio, se trasladará al anterior o posterior (de carácter laborable) a aquél en que se celebre la festividad del Patrón de la localidad correspondiente.

Dicho calendario ha sido elaborado salvo error u omisión, conforme a una jornada de 1.736 horas anuales, a razón de 8 horas de trabajo diarias de lunes a viernes, contemplándose 22 días laborables de vacaciones.

ACUERDO DE JORNADA CONTINUADA PARA EL AÑO 2019

Las partes firmantes, con la finalidad de procurar las mejores condiciones de Salud y Seguridad en el trabajo, así como de la mejora de la productividad, acuerdan para el 2019 establecer la jornada continuada que comprende desde el 3 de junio al 30 de agosto de 2019, ambos inclusive.

Las referidas jornadas no podrán finalizar después de las 15:00 horas.

Este Calendario es de aplicación para todas las empresas y trabajadores encuadrados en el sector de Derivados del Cemento para Granada y su provincia.