Convenio Colectivo de Sector de DERIVADOS DEL CEMENTO (18000195011981) de Granada
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Convenio Colectivo de Sec...de Granada

Última revisión
11/01/2021

Revision , Calendario. Convenio Colectivo de Sector de DERIVADOS DEL CEMENTO (18000195011981) de Granada

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2018 en adelante

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Calendario laboral para el año 2021 y tablas salariales para años 2018 y 2019 del sector de Derivados del Cemento. (Boletín Oficial de Granada num. 2 de 05/01/2021)

RESOLUCIÓN de 15 de diciembre 2020, de la Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Derivados del Cemento, sobre Calendario Laboral para el año 2021 y tablas salariales para los años 2018 y 2019,

VISTO el texto del acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Derivados del Cemento, sobre calendario laboral para el año 2021 y tablas salariales para los años 2018 y 2019 (con código de convenio nº 18000195011981) adoptado entre la representación de los empresarios y de los trabajadores, presentado el día 14 de diciembre de 2020 ante esta Delegación Territorial, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y demás disposiciones legales pertinentes, esta Delegación Territorial de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía,

ACUERDA:

PRIMERO. Ordenar la inscripción del citado Calendario Laboral y Tablas Salariales en el mencionado Registro de esta Delegación Territorial.

SEGUNDO. Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia.

La Delegada Territorial, Virginia Fernández Pérez.

ASISTENTES

ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE GRANADA DE EMPRESARIOS DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE LA PROVINCIA DE GRANADA (ADEGRA)

Manuel García Rejón

UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (UGT)

Francisco Ruiz-Ruano Ruiz

Alberto Molino González

COMISIONES OBRERAS (CC.OO.)

José Carlos López Pérez

ACTA

En la ciudad de Granada siendo las 9:30 horas del día 9 de diciembre de 2020, en los locales de UGT-FICA Granada, con domicilio en calle Periodista Francisco Javier Cobos nº 2 CP 18014-Granada, se reúnen las personas al margen relacionadas, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para el Sector de Derivados del Cemento para Granada y su Provincia, al objeto de tratar el siguiente punto del Orden del Día:

- Calendario Laboral y acuerdo sobre la jornada continuada correspondiente al año 2021.

- Tablas salariales correspondientes a los años 2018 y 2019.

Reunidas las personas arriba relacionadas miembros de la Comisión Negociadora del Convenio de Trabajo para el Sector de Derivados del Cemento de Granada y su provincia, acuerdan la firma del Calendario Laboral y la Jornada Continuada para el año 2021 que se adjunta, siendo la misma de obligado cumplimiento para todo el sector, desde la fecha correspondiente a la presente acta.

En relación al incremento salarial correspondiente a los años 2018 y 2019, las partes acuerdan las tablas salariales adjuntas a la presente acta. Estos incrementos tendrán carácter retroactivo desde el día 1 de enero de 2018 y el abono de los atrasos correspondientes, se realizará el mismo mes en que sean publicadas en el BOP de Granada.

La Comisión Negociadora delega en Eva María Rodríguez Pérez, para la presentación y registro ante la Autoridad Laboral competente, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Y en prueba de conformidad con lo anteriormente expuesto, firmamos la presente Acta en lugar y fecha arriba indicados.

CALENDARIO LABORAL PARA EL SECTOR DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE LA PROVINCIA DE GRANADA, AÑO 2021

ENERO (15 días laborables)

Viernes 1: Año Nuevo (Fiesta Nacional)

Lunes 4: Ajuste de Jornada

Martes 5: Ajuste de Jornada

Miércoles 6: Epifanía del Señor (Fiesta Nacional)

Jueves 7: Ajuste de Jornada

Viernes 8: Ajuste de Jornada

FEBRERO (20 días laborables)

MARZO (21 días laborables)

Lunes 1: Día posterior del domingo, día de Andalucía (Fiesta Autonómica)

Miércoles 31: Fiesta de Convenio

ABRIL (20 días laborables)

Jueves 1: Jueves Santo (Fiesta Autonómica)

Viernes 2: Viernes Santo (Fiesta Nacional)

MAYO (21 días laborables) JUNIO (20 días laborables)

Jueves 3: Corpus Christi (Fiesta Local *)

Viernes 4: Fiesta de Convenio.

JULIO (22 días laborables)

AGOSTO (21 días laborables)

Lunes 16: Día posterior del domingo, día de la Asunción de la Virgen (Fiesta Nacional)

SEPTIEMBRE (22 días laborables)

OCTUBRE (19 días laborables)

Lunes 11: Ajuste de Jornada

Martes 12: Día de la Hispanidad (Fiesta Nacional)

NOVIEMBRE (21 días laborables)

Lunes 1: Todos los Santos (Fiesta Nacional)

DICIEMBRE (16 días laborables)

Lunes 6: Día de la Constitución (Fiesta Nacional)

Martes 7: Ajuste de Jornada

Miércoles 8: Inmaculada Concepción (Fiesta Nacional)

Jueves 23: Ajuste de Jornada

Viernes 24: Fiesta de Convenio

Jueves 30: Fiesta de Convenio

(*) Las fiestas locales son referidas a Granada capital, a sustituir en cada localidad por las dos correspondientes al municipio. En caso de que dichas fiestas locales coincidan con las fiestas de convenio, éstas se trasladarán al día de carácter hábil anterior o posterior.

(**) En los municipios en los que la fiesta local coincida con un día inhábil, se trasladarán al anterior o posterior (de carácter laborable) a aquél en que se celebre la festividad del Patrón de la localidad correspondiente.

Dicho calendario ha sido elaborado salvo error u omisión, conforme a una jornada de 1736 horas anuales, a razón de 8 horas de trabajo diarias de lunes a viernes, contemplándose 21 días laborables de vacaciones.

ACUERDO DE JORNADA CONTINUADA PARA EL AÑO 2021

Las partes firmantes, con la finalidad de procurar las mejores condiciones de Salud y Seguridad en el trabajo, así como de la mejora de la productividad, acuerdan para el 2021 establecer la jornada continuada que comprende desde el 31 de mayo al 27 de agosto del 2021, ambos inclusive.

Las referidas jornadas no podrán finalizar después de las 15:00 horas.

Este calendario es de aplicación para todas las empresas y trabajadores encuadrados en el sector de Derivados del Cemento para Granada y Provincia.

Firmas ilegibles.

CONVENIO DE DERIVADOS DEL CEMENTO PROVINCIA DE GRANADA.TABLA SALARIAL DEL AÑO 2018, CONFORME UNA JORNADA ANUAL DE 1736 HORAS. SUBIDA SALARIAL 1,25%

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CONVENIO DE DERIVADOS DEL CEMENTO PROVINCIA DE GRANADA.TABLA SALARIAL DEL AÑO 2019, CONFORME UNA JORNADA ANUAL DE 1736 HORAS. SUBIDA SALARIAL 1,50%

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