Convenio Colectivo de Sector de LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES (29000285011982) de Málaga
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Convenio Colectivo de Sec... de Málaga

Última revisión
10/05/2023

Revision. Convenio Colectivo de Sector de LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES (29000285011982) de Málaga

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022 en adelante

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RESOLUCIÓN DE LA DELEGADA TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO, SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES. (Boletín Oficial de Málaga num. 87 de 10/05/2023)

Convenio: Limpieza de Edificios y Locales.
Expediente: 29/01/0165/2023.
Fecha: 13 de abril de 2023.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Código: 29000285011982.

RESOLUCIÓN DE LA DELEGADA TERRITORIAL DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO, SOBRE LA INSCRIPCIÓN Y PUBLICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES.

Visto el acuerdo, de fecha 24 de marzo de 2023, de la comisión paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Limpieza de Edificios y Locales número de expediente REGCON, 29/01/0165/2023 y código de convenio colectivo 29000285011982 y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre) y el artículo 8.3 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (BOE número 143, de 12 de junio de 2010) esta Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
acuerda:

1.º Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo a través de medios telemáticos, con notificación a la comisión negociadora, quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas, con especial advertencia de que el ningún trabajador podrá percibir mensualmente como salario cantidades inferiores al SMI que se establezca en cada momento de vigencia del convenio.

2.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Málaga, 13 de abril de 2023.

La Delegada Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Málaga, María del Carmen Sánchez Sierra.

ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA PARA LOS AÑOS 2022 Y 2023

En Málaga, en fecha 24 de marzo de 2023.

Por ASPEL
Beatriz Nogués Ortiz de Arce.
Manuel Martínez Torres.
Laura Novel Muñoz.
Adriana Soler Ruiz.
Por CCOO
Pilar Cortés Pérez.
Juan Cazorla García.
Por UGT
Tamara Aguilar Escalona.
José Antonio López Robles (asesor).
Por CSIF
Míriam Jerez Cotta
África Cotta Herrera (asesora).

Siendo las 12:30 horas del día arriba indicado, se reúnen telemáticamente las personas relacionadas, componentes de la comisión mixta paritaria de interpretación del convenio colectivo de limpieza de edificios y locales de la provincia de Málaga.

En fecha 1 de agosto de 2022, se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga el convenio colectivo junto a las tablas salariales de 2022 y 2023.

El día 15 de febrero de 2023 fue publicada en el referido boletín oficial el acta de la comisión paritaria de interpretación y aplicación del convenio, mediante la que, según su literalidad,
se acuerda, determina y aclara:

“Que las personas trabajadoras con jornada parcial de entre el 50 % y el 99,9 %, que estuvieran de alta en alguna de las empresas del sector en fecha 1 de agosto de 2022 y, por ende,
percibían el plus transporte íntegramente de conformidad con el convenio colectivo 2016-2020 y que, en aplicación del nuevo convenio han visto mermado el incremento convencional pactado,
se les deberá complementar el salario con un complemento personal mensual, pagadero durante las doce mensualidades del año.

El importe de este complemento para las personas que tengan 20 horas de jornada, ascenderá a 20,27 euros mensuales, por doce pagas, en el año 2022 y a 20,87 euros mensuales, por doce pagas en el año 2023.
Para las personas que tengan otro porcentaje de jornada, siempre dentro de la franja de entre el 50 % y 99,9 %, las cuantías se calcularán mediante la siguiente regla matemática:

Año 2022
Cuantía complemento personal = 100 % menos el % de jornada de la persona trabajadora multiplicado por 20,27 euros/mes (doce mensualidades).

Año 2023

Cuantía complemento personal = 100 % menos el % de jornada de la persona trabajadora multiplicado por 20,87 euros/mes (doce mensualidades).

También tendrán derecho al complemento las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo y que, en la indicada fecha 1 de agosto de 2022, estuvieran en periodo de inactividad.

El nuevo complemento personal quedará consolidado como complemento salarial de las personas trabajadoras que tengan derecho a su percibo y será pagadero con carácter retroactivo desde fecha 1 de enero de 2022. Ello sin perjuicio de los posibles cambios en la estructura retributiva que puedan pactarse en la negociación del siguiente convenio colectivo.

Los atrasos correspondientes al año 2022 respecto al mencionado complemento se abonarán en la nómina del mes siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial
de la Provincia”.

En este sentido, y con objeto de aclarar el cálculo anteriormente expuesto, se viene a especificar que la fórmula de aplicación correcta para el cálculo del complemento personal pactado es la que se expone a continuación:

Año 2022

Cuantía complemento personal = 20,27 euros multiplicado por 40 horas (jornada completa del convenio) menos las horas de jornada semanal habitual de la persona trabajadora, dividido
entre 20 horas (media jornada).

Complemento personal = 20,27 x (40 – jornada real) / 20 horas

Año 2023

Cuantía complemento personal = 20,87 euros multiplicado por 40 horas (jornada completa del convenio) menos las horas de jornada semanal habitual de la persona trabajadora, dividido entre 20 horas (media jornada).

Complemento personal = 20,87 x (40 – jornada real) / 20 horas Se incluye una tabla ejemplificativa para mayor claridad:

TABLAS SALARIALES

(TABLAS OMITIDAS. CONSULTAR PDF)