Convenio Colectivo de Sector de MADERA (44000175011981) de Teruel
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Convenio Colectivo de Sec... de Teruel

Última revisión
05/01/2017

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de MADERA (44000175011981) de Teruel

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2017 en adelante

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RESOLUCION DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2016 DEL SERVICIO PROVINCIAL DE ECONOMIA Y EMPLEO, POR LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO Y PUBLICACION DEL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2017 DEL CONVENIO COLECTIVO PARA EL SECTOR DE LA MADERA DE LA PROVINCIA DE TERUEL. Codigo de Convenio 44000175011981 (Boletín Oficial de Teruel num. 3 de 05/01/2017)

RESOLUCION DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2016 DEL SERVICIO PROVINCIAL DE ECONOMIA Y EMPLEO, POR LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO Y PUBLICACIÓN DEL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2017 DEL CONVENIO COLECTIVO PARA EL SECTOR DE LA MADERA DE LA PROVINCIA DE TERUEL.

VISTO el texto del Acta de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, por la que se acuerda la aprobación y firma del Calendario Laboral para el año 2017 del Convenio Colectivo para el Sector de la Madera de la provincia de Teruel, (Código de Convenio 44000175011981), suscrita el día 20 de diciembre de 2016, de una parte por la Asociación Empresarial Provincial de la Madera de la provincia de Teruel, en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos UGT Y CCOO, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en al artículo 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

El Director del Servicio Provincial de Economía y Empleo de Teruel,

ACUERDA:

Primero.- Ordenar la inscripción del referido CALENDARIO LABORAL en el Registro de Convenios Colectivos de este Servicio Provincial, con notificación a las partes firmantes del mismo.

Segundo.- Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial' de la Provincia de Teruel.

Teruel, 28 de diciembre de 2016.- EL DIRECTOR DEL SERVICIO PROVINCIAL DE ECONOMIA Y EMPLEO, Fdo. Francisco Melero Crespo

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA MADERA DE LA PROVINCIA DE TERUEL, CELEBRADA EL 20 DE DICIEMBRE DE 2016

En Teruel, cuando son las 10:30 horas del día 20 de diciembre de 2016, en la sede de CEOE Teruel, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de la Madera de la provincia de Teruel, con asistencia de los miembros que seguidamente se relacionan en representación de las Organizaciones que, asimismo, se especifican:

- POR LA ASOCIACIÓN EMPRESARIAL PROVINCIAL DE LA MADERA DE TERUEL:

D. Emilio Anadón Escobedo

D. Sergio Calvo Bertolín

- POR CCOO DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS

Dª. Mª Pilar Buj Romero

- POR MCA -UGT

Dª. Ana Maicas Argente

D. Cristóbal LacruzMonferrer

La reunión tiene por objeto confeccionar el Calendario Laboral para el año 2017. Por todo ello, y tras las oportunas deliberaciones de la Comisión,

ACUERDA:

PRIMERO.- Confeccionar el Calendario Laboral para el Sector de la Madera de la Provincia de Teruel para el año 2017, según el artículo 17 de referido convenio, debidamente suscrito por los miembros de la Comisión Paritaria citados al inicio, en los siguientes términos:

En cada Centro de Trabajo figurará expuesto en lugar visible el correspondiente Calendario Laboral. En él, tendrán la consideración de festivos, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 61/2016, de 31 de mayo, del Gobierno de Aragón, en lo que al año 2017 se refiere, los días 2 y 6 de enero, 13 y 14 de abril, 24 de abril, 1 de mayo, 15 de agosto y 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre así como las dos fechas que sean señaladas como festivas en cada municipio de la provincia.

Durante el año 2017, y con carácter supletorio y orientativo para el caso de que no se hubiera establecido un calendario propio en el centro de trabajo, a los efectos de realizar en cómputo anual una jornada efectiva de 1752 horas, se considerarán festivos, además de los anteriores, los siguientes: 17 de abril, 7 y 11 de julio, 14 de agosto, 13 de octubre y 7 de diciembre.

Los días 17 de abril, 7 y 11 de julio serán festivos en Teruel capital, salvo pacto en contario, el resto de poblaciones se cambiarán por los anteriores o posteriores a la festividad de cada localidad.

Este calendario tiene como finalidad determinar las fechas en las que puedan tener lugar los descansos necesarios para dar cumplimiento a la jornada anual pactada, evitándose de esta forma los excesos que pudieran producirse.

La empresa podrá, por mutuo acuerdo con la representación legal de los trabajadores, o en el supuesto de no existir dichos representantes, con los propios trabajadores, sustituir estas fechas por otras que resulten más adecuadas en función de las necesidades de producción, de la costumbre propia del lugar o de los usos observados en la propia empresa.

SEGUNDO.- Facultar a un representante de FICA - UGT de Teruel, Dª Ana María Maicas Argentepara que proceda a efectuar ante la Autoridad Laboral competente, los trámites de registro y publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.

Y, en prueba de conformidad, las partes firman la presente acta, cuando son las 11:00horas de la fecha anteriormente indicada.

CALENDARIO DE MADERA TERUEL 2017

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