Convenio Colectivo de Sector de MADERA (44000175011981) de Teruel
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Convenio Colectivo de Sec... de Teruel

Última revisión
07/11/2022

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de MADERA (44000175011981) de Teruel

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023 en adelante

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RESOLUCION DEL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE TRABAJO POR LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCIÓN DEL CALENDARIO LABORAL DEL SECTOR DE LA MADERA PARA EL AÑO 2023 EN EL REGISTRO DE CONVENIOS Y ACUERDOS COLECTIVOS Y SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL. (Boletín Oficial de Teruel num. 212 de 07/11/2022)

RESOLUCION DEL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE TRABAJO POR LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCIÓN DEL CALENDARIO LABORAL DEL SECTOR DE LA MADERA PARA EL AÑO 2023 EN EL REGISTRO DE CONVENIOS Y ACUERDOS COLECTIVOS Y SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL.

VISTO el texto del Acta de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector de la Madera de la provincia de Teruel, por la que se acuerda la aprobación y firma del Calendario Laboral para el año 2023 suscrita el día 25 de octubre de 2022, de una parte por representantes de la Asociación Empresarial Provincial de la Madera de Teruel, y de otra por representantes del sindicato CCOO y del sindicato UGT por parte de los trabajadores; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y
Planes de Igualdad, y el Decreto 171/2010, de 21 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el depósito y registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Subdirector Provincial de Trabajo,

ACUERDA:

Primero. - Ordenar la inscripción del referido Calendario Laboral del sector de la Madera de la provincia de Teruel en el Registro de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón, con notificación a las partes firmantes del mismo.

Segundo. - Disponer su publicación en el "Boletín Oficial" de la provincia de Teruel.

Firmado electrónicamente

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA MADERA DE LA PROVINCIA DE TERUEL, CELEBRADA EL 25 DE OCTUBRE DE 2022

En Teruel, cuando son las 12:00 horas del día 25 de octubre de 2022, en la sede de CEOE Teruel, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de la Madera de la provincia de Teruel, con asistencia de los miembros que seguidamente se relacionan en representación de las Organizaciones que, asimismo, se especifican:

POR LA ASOCIACIÓN EMPRESARIAL PROVINCIAL DE LA MADERA DE TERUEL:
D. Octavio Bertolín Gorbe
D. Sergio Calvo Bertolín
D. Francisco Ibáñez Ruíz
POR CCOO DEL HABITAT DE ARAGÓN
Dª. Leonor Gil Peña
D. Mariano Álvarez Pina
POR UGT - FICA
D. Cristóbal Lacruz Monferrer
Dª. Ana Maicas Argente

La reunión tiene por objeto confeccionar el Calendario Laboral para el año 2023. Por todo ello, y tras las oportunas deliberaciones de la Comisión,

ACUERDA:

PRIMERO. - Confeccionar el Calendario Laboral para el Sector de la Madera de la Provincia de Teruel para el
año 2023, según el artículo 17 de referido convenio, debidamente suscrito por los miembros de la Comisión Paritaria citados al inicio, en los siguientes términos:

En cada Centro de Trabajo figurará expuesto en lugar visible el correspondiente Calendario Laboral. En él, tendrán la consideración de festivos, de acuerdo con lo dispuesto en el DECRETO 79/2022, de 1 de junio, del Gobierno de Aragón los días: 02 y 06 de enero, 06, 07 y 24 de abril, 01 de mayo, 15 de agosto, 12 de octubre, 01 de noviembre, 06, 08 y 25 de diciembre, así como las dos fechas que sean señaladas como festivas en cada
municipio de la provincia.

Durante el año 2023, y con carácter supletorio y orientativo para el caso de que no se hubiera establecido un calendario propio en el centro de trabajo, a los efectos de realizar en cómputo anual una jornada efectiva de 1752 horas, se considerarán festivos, además de los anteriores, los siguientes: 10 de abril, 07 y 11 de julio, 14 de agosto, 13 de octubre y 07 de diciembre.

Los días 10 de abril, 07 y 11 de julio serán festivos en Teruel capital, salvo pacto en contrario. En el resto de poblaciones de la provincia se cambiarán por los anteriores o posteriores a la festividad de cada localidad.

Este calendario tiene como finalidad determinar las fechas en las que puedan tener lugar los descansos necesarios para dar cumplimiento a la jornada anual pactada, evitándose de esta forma los excesos que pudieran producirse.

La empresa podrá, por mutuo acuerdo con la representación legal de los trabajadores, o en el supuesto de no existir dichos representantes, con los propios trabajadores, sustituir estas fechas por otras que resulten más adecuadas en función de las necesidades de producción, de la costumbre propia del lugar o de los usos observados en la propia empresa.

SEGUNDO. - Facultar al representante de la Asociación Empresarial Provincial de la Madera, a D. Sergio Calvo Bertolín, para que proceda a efectuar ante la Autoridad Laboral competente, los trámites de registro y publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.

Y, en prueba de conformidad, las partes firman la presente acta, cuando son las 12:30h horas de la fecha anteriormente indicada.

CALENDARIO

(CALENDARIO OMITIDO. CONSULTAR PDF)