Convenio Colectivo de Sector de PUBLICIDAD (99004225011981) de BOE
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Convenio Colectivo de Sec...81) de BOE

Última revisión
12/06/2018

Revision. Convenio Colectivo de Sector de PUBLICIDAD (99004225011981) de BOE

Sector Estatal. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2018 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 329-330)

Resolucion de 1 de junio de 2018, de la Direccion General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo en materia salarial para 2018 del Convenio colectivo del sector de empresas de publicidad. (Boletín Oficial del Estado num. 142 de 12/06/2018)

Visto el texto del acuerdo en materia salarial para 2018 del Convenio colectivo del sector de empresas de publicidad (código de convenio n.º 99004225011981), que fue suscrito con fecha 3 de mayo de 2018, de una parte por la Asociación de Agencias de Medios AM, la Asociación Española de Agencias de la Comunicación Publicitaria AEACP-ACP, y la Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE representando además a la Associació Empresarial de Publicitat, Agencias de España, en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos FSC-CCOO y FESMC-UGT en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 1 de junio de 2018.-El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA REUNIÓN DE CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS EMPRESAS DE PUBLICIDAD

En Madrid, siendo las 10:30 horas del día 3 de mayo de 2018, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio con las asistencias que se detallan a continuación:

Por la parte empresarial:

- Don Juan Pablo Herrera (Asociación de Agencias de Medios AM).

- Don Carlos Rubio de Miguel (Asociación Española de Agencias de la Comunicación Publicitaria AEACP-ACP).

- Don David Torrejón Lechón (Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE, representando además a la Associació Empresarial de Publicitat).

- Doña Córdoba Ruiz (Agencias de España).

- Don Ángel G. Tuñón (Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE).

Por la parte social:

- Don Javier Agudo García (FSC-CC.OO.).

- Don José Luis Gómez Durán (FSC-CC.OO.).

- Doña Cristina Bermejo Toro (FSC-CC.OO.).

- Don José María García González (FESMC-UGT).

- Don Alfonso López García (FESMC-UGT).

- Doña Mar Sánchez Moreno (FESMC-UGT).

Los presentes, por unanimidad, adoptan los siguientes acuerdos:

I. Se acuerda aprobar las tablas salariales y las dietas por desplazamiento para el año 2018 que figuran como Anexo I al presente documento. Las mismas incorporan un incremento de un 1,1% sobre las tablas salariales y dietas por desplazamiento del año 2017, en los términos de lo establecido en los artículos 43 y 44 del convenio colectivo del sector de empresas de publicidad (BOE núm. 35 del 10 de febrero de 2016).

II. Dicho acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018.

III. Se acuerda facultar a La Fede, en la persona de D. David Torrejón Lechón, para que se encargue de los consiguientes trámites de registro y solicite la publicación de las mencionadas tablas, a sus efectos.

No habiendo más asuntos que tratar, se procede a levantar la sesión, procediéndose a la redacción de la presente acta que es firmada por todos los presentes, siendo las 11 horas.

ANEXO I

Tablas salariales año 2018

Incremento de 1,1 % sobre las tablas del 2017

Niveles salariales

Mensual

Mensual

Anual

15 pagas

12 pagas

Nivel 1

1.460,56 €

1.825,70 €

21.908,38 €

Nivel 2

1.298,36 €

1.622,96 €

19.475,46 €

Nivel 3

1.237,17 €

1.546,46 €

18.557,57 €

Nivel 4

1.230,34 €

1.537,92 €

18.455,05 €

Nivel 5

1.226,01 €

1.532,51 €

18.390,13 €

Nivel 6

1.146,00 €

1.432,51 €

17.190,07 €

Nivel 7

1.137,36 €

1.421,70 €

17.060,42 €

Nivel 8

1.053,04 €

1.316,30 €

15.795,61 €

Nivel 9

1.028,48 €

1.285,60 €

15.427,26 €

Nivel 10

1.024,52 €

1.280,65 €

15.367,84 €

Nivel 11

966,00 €

1.207,50 €

14.489,95 €

Las dietas por desplazamiento quedarán establecidas para el año 2018 en los siguientes importes:

Dieta con pernocta (en territorio nacional): 61,10 € netos/día.

Dieta sin pernocta (en territorio nacional): 30,57 € netos/día.

Dieta internacional con pernocta: 104,09 € netos/día.

Dieta internacional sin pernocta: 55,45 € netos/día.

Gastos de manutención (comidas): 13,57 € netos/día.

Gastos de kilometraje: 0,214 € netos/día.