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REAL DECRETO 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formacion profesional para el empleo.

Ficha
Boletin Boletín Oficial del Estado Número [ Solo para usuarios ] de [ Solo para usuarios ] 
Sección I. DISPOSICIONES GENERALES 
Órgano emisor MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 
Número de disposición 395/2007 
Fecha de disposición [ Solo para usuarios ] 
Tipo de norma REAL DECRETO 
Tipo de legislación Legislacion Frecuente Seleccionado Laboral Refundido 
Materia
  • DERECHO LABORAL => FORMACIÓN
  • DERECHO LABORAL
  • NORMATIVA PARA EMPRESAS => LABORAL

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Indice
Extracto del documento solicitado
Preambulo   

En una economía cada vez más global e interdependiente el capital humano se erige en un factor clave para poder competir con garantía de éxito. Por ello, la formación constituye un objetivo estratégico para reforzar la productividad y competitividad de las empresas en el nuevo escenario global, y para potenciar la empleabilidad de los trabajadores en un mundo en constante cambio.

Después de trece años de vigencia de dos modalidades diferenciadas de formación profesional en el ámbito laboral la formación ocupacional y la continua , resulta necesario integrar ambos subsistemas en un único modelo de formación profesional para el empleo e introducir mejoras que permitan adaptar la formación dirigida a los trabajadores ocupados y desempleados a la nueva realidad económica y social, así como a las necesidades que demanda el mercado de trabajo.

De...(Demo)

CAPÍTULO I. Disposiciones generales   

 ...(Demo)
Artículo 1. Objeto.   

Este real decreto tiene por...(Demo)

Artículo 2. Concepto y fines de la formación profesional para el empleo.   

1. El subsistema de formación profesional para el empleo está integrado por el conjunto de instrumentos y...(Demo)

Artículo 3. Principios del subsistema de formación profesional para el empleo.   

Constituyen principios que rigen el subsistema de formación profesional para el empleo.

a) La...(Demo)

Artículo 4. Iniciativas de formación.   

El subsistema de formación profesional para el empleo está integrado por las siguientes iniciativas...(Demo)

Artículo 5. Trabajadores destinatarios de la formación y colectivos prioritarios.   

1. Serán destinatarios de la formación profesional para el empleo todos los trabajadores ocupados y desempleados, incluidos los que no cotizan por formación profesional, en los términos que a continuación se señalan.

a) En la formación de demanda podrán participar los trabajadores...(Demo)

Artículo 6. Financiación.   

1. El subsistema de formación profesional para el empleo se financiará, de conformidad con lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, con los fondos provenientes de la cuota de formación profesional que aportan las empresas y los trabajadores, con las ayudas procedentes del Fondo Social Europeo y con las aportaciones específicas establecidas en el presupuesto del Servicio Público...(Demo)

CAPÍTULO II. Formación profesional para el empleo   

 ...(Demo)

SECCIÓN 1. ª DISPOSICIONES COMUNES   

 ...(Demo)
Artículo 7. Acciones formativas.   

1. Se entiende por acción formativa la dirigida a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales, pudiéndose estructurar en...(Demo)

Artículo 8. Impartición de la formación.   

1. La formación podrá impartirse de forma presencial, a distancia convencional, mediante teleformación o mixta.

Cuando la acción o módulo formativo incluya, en todo o en parte,...(Demo)

Artículo 9. Centros y entidades de formación.   

1. Podrán impartir formación profesional para el empleo.

a) Las Administraciones Públicas competentes en materia de formación profesional para el empleo, a través de sus centros propios o mediante convenios con entidades o empresas públicas que puedan impartir la formación. Tienen la consideración de centros propios:

1. º Los Centros de...(Demo)

Artículo 10. Certificados de profesionalidad.   

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de...(Demo)
Artículo 11. Acreditación de la formación y registro.   

1. Cuando la formación vaya dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad, en su desarrollo se respetarán los contenidos de los módulos formativos y los requisitos que se determinen en los reales decretos que regulen dichos certificados....(Demo)

SECCIÓN 2. ª FORMACIÓN DE DEMANDA. ACCIONES FORMATIVAS DE LAS EMPRESAS Y PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACIÓN   

 ...(Demo)
Artículo 12. Objeto y modalidades de la formación de demanda.   

1. La formación de demanda responde a las necesidades específicas de formación de las empresas y trabajadores, y está integrada por las acciones formativas de las empresas y los permisos individuales de formación.

Corresponde a las empresas la...(Demo)

Artículo 13. Asignación a las empresas de una cuantía para formación.   

1. Las empresas dispondrán de un crédito para la formación de sus trabajadores cuyo importe resultará de aplicar a la cuantía ingresada por cada empresa el año anterior, en concepto de cuota de...(Demo)

Artículo 14. Cofinanciación de las empresas.   

1. Las empresas participarán con sus propios recursos en la...(Demo)

Artículo 15. Información a la representación legal de los trabajadores.   

1. La empresa deberá someter las acciones formativas, incluidas las de los permisos individuales, a información de la representación legal de los trabajadores, de conformidad con lo dispuesto en Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo. A tal efecto, pondrá a disposición de la citada...(Demo)
Artículo 16. Ejecución de las acciones formativas.   

1. Las empresas podrán organizar y gestionar la formación de sus trabajadores por sí mismas, o bien contratar su ejecución con centros o entidades especializadas. En este último caso, los citados centros o entidades deberán asumir, al menos, la coordinación de las acciones formativas, no pudiendo delegar ni contratar con terceros el desarrollo de dicha coordinación.

Las empresas...(Demo)

Artículo 17. Aplicación de las bonificaciones.   

1. La cuantía del crédito de bonificaciones asignado a cada empresa, en los términos señalados en el artículo 13, actuará como límite de las bonificaciones que podrá aplicarse en sus boletines de cotización a la Seguridad...(Demo)

Artículo 18. Justificación.   

1. A los efectos de su justificación, los costes derivados de las acciones formativas...(Demo)

Artículo 19. Apoyo a las pequeñas y medianas empresas.   

1. El Sistema Nacional de Empleo promoverá las iniciativas necesarias para facilitar y generalizar el acceso de las pequeñas y...(Demo)

SECCIÓN 3. ª FORMACIÓN DE OFERTA   

 ...(Demo)
Artículo 20. Objeto de la oferta de formación profesional para el empleo.    Comentarios 

1. La oferta de formación profesional para el empleo tiene por objeto ofrecer a los trabajadores, tanto ocupados como desempleados, una formación ajustada a las necesidades del mercado de trabajo...(Demo)

Artículo 21. Planificación plurianual de la oferta formativa.    Comentarios 

De conformidad con los reales decretos sobre traspaso de funciones y...(Demo)

Artículo 22. Programación y gestión en el ámbito estatal.    Comentarios 

1. La programación y gestión de la oferta formativa en el ámbito estatal incluye, dentro de lo indicado en el artículo 6.4 de este real decreto.

a) Los planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados, según la...(Demo)

Artículo 23. Programación y gestión en el ámbito autonómico.    Comentarios 

1. En el ámbito autonómico, la oferta de formación profesional para el empleo comprenderá la formación dirigida a trabajadores desempleados y ocupados en la proporción que las Comunidades Autónomas determinen en función del número de trabajadores que se hallen en cada situación y, en su caso, de otras circunstancias objetivas.

Asimismo, en el...(Demo)

Artículo 24. Planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados.    Comentarios 

1. Los planes de formación dirigidos prioritariamente a los trabajadores ocupados podrán ser intersectoriales y sectoriales. Las Administraciones competentes podrán decidir la proporción de acciones formativas de carácter sectorial e intersectorial que incluyen en su oferta, considerando las propuestas formuladas por el órgano de participación previsto en el artículo 33.3.

Los planes de formación intersectoriales estarán compuestos por...(Demo)

Artículo 25. Acciones formativas dirigidas prioritariamente a los trabajadores desempleados.    Comentarios 

1. El objetivo prioritario de estas acciones formativas es la inserción o reinserción laboral de los trabajadores desempleados en aquellos empleos que requiere el sistema productivo. Los órganos o entidades competentes de las Comunidades Autónomas programarán estas acciones formativas de acuerdo a las necesidades de cualificación y...(Demo)

SECCIÓN 4. ª FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO   

 ...(Demo)
Artículo 26. Objeto de la formación en alternancia.   

1. La formación en alternancia es aquella que tiene por objeto...(Demo)

Artículo 27. Formación teórica de los contratos para la formación.   

1. Los contenidos de la formación teórica de los contratos para la formación deberán estar vinculados a la oferta formativa de las unidades de competencia de los certificados de profesionalidad de la ocupación relacionada con el oficio o puesto de trabajo previsto en el contrato laboral. De no existir certificado de profesionalidad, la...(Demo)

Artículo 28. Programas públicos de empleo-formación.   

1. Los programas públicos de empleo-formación tienen como finalidad mejorar la cualificación y las posibilidades de empleo de determinados colectivos de desempleados. Durante el desarrollo de estos programas, los trabajadores participantes recibirán...(Demo)

CAPÍTULO III. Apoyo, acompañamiento y acciones complementarias a la formación   

 ...(Demo)
Artículo 29. Estudios de carácter general y sectorial.   

1. Las Administraciones Públicas competentes, con sus propios medios, a...(Demo)

Artículo 30. Acciones de investigación e innovación.   

1. En el marco de los criterios y prioridades generales que propongan las Organizaciones Empresariales y Sindicales más representativas y representativas en cada sector al amparo de la negociación...(Demo)

Artículo 31. Información y orientación profesional.   

1. En el marco de lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la...(Demo)

CAPÍTULO IV. Estructura organizativa y de participación   

 ...(Demo)
Artículo 32. Órganos competentes para la programación, gestión y control.   

1. El Servicio Público de Empleo Estatal, con la colaboración y el apoyo técnico de la Fundación Tripartita para la Formación en...(Demo)

Artículo 33. Órgano de participación de las Administraciones Públicas y los Interlocutores Sociales.   

1. El Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, en cuanto órgano consultivo y de participación institucional en materia de política de empleo, es el principal órgano de consulta y de participación de las Administraciones Públicas y los Interlocutores Sociales en el subsistema...(Demo)

Artículo 34. La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.   

1. La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, perteneciente al Sector Público Estatal, tiene carácter tripartito y su Patronato está constituido por la Administración Pública (con representación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y las Comunidades Autónomas) y por las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

El régimen de adopción de acuerdos será...(Demo)

Artículo 35. Comisiones Paritarias.   

1. En el marco de la negociación colectiva sectorial de ámbito estatal, a través de convenios colectivos o de acuerdos concretos en materia de formación de...(Demo)

CAPÍTULO V. Calidad, evaluación, seguimiento y control de la formación   

 ...(Demo)
Artículo 36. Calidad de la formación.   

1. Las acciones, tanto formativas como de apoyo y acompañamiento, que se impartan y desarrollen de acuerdo a lo establecido en este real decreto deberán tener la calidad requerida para que la formación profesional para el empleo responda a las necesidades...(Demo)

Artículo 37. Evaluación del subsistema de formación profesional para el empleo.   

1. En el marco del Sistema Nacional de Empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas evaluarán el impacto...(Demo)

Artículo 38. Seguimiento y control de la formación.   

1. Las Administraciones competentes en materia laboral desarrollarán las actuaciones de control y seguimiento de las acciones de formación, y...(Demo)

Artículo 39. Información y estadística.   

1. Las Comunidades Autónomas deberán proporcionar al Servicio Público de Empleo...(Demo)

DISPOSICIONES ADICIONALES   

 ...(Demo)
D.A. 1ª. Distribución competencial en las iniciativas de formación financiadas mediante bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.   

Dentro del Sistema Nacional de Empleo, corresponde a la Administración...(Demo)

D.A. 2ª. Registro estatal de centros y entidades de formación.   

En el Registro estatal...(Demo)

D.A. 3ª. Entidades organizadoras en la formación de demanda.   

Sin perjuicio de lo establecido en el...(Demo)

D.A. 4ª. Constitución del órgano de participación de las Administraciones Públicas y los Interlocutores Sociales.   

El órgano de participación de las...(Demo)

D.A. 5ª. Comisiones de coordinación y seguimiento.   

A partir de la entrada en vigor...(Demo)

D.A. 6ª. Elaboración de estadísticas.   

El Servicio Público de Empleo...(Demo)

D.A. 7ª. Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.   

Se autoriza a la Fundación...(Demo)

D.A. 8ª. Adopción de medidas para la aplicación total de los fondos provenientes de la cuota de formación profesional.   

El Gobierno articulará...(Demo)

D.A. 9ª. Personas con discapacidad.   

En el desarrollo del...(Demo)

D.A. 10ª. Concesión directa.   

Las referencias relativas al Real Decreto 631/1993,...(Demo)

DISPOSICIONES TRANSITORIAS   

 ...(Demo)
D.T. 1ª. Régimen transitorio de los procedimientos.   

1. Los procedimientos de concesión de...(Demo)

D.T. 2ª. Mapa sectorial.   

En tanto no sea aprobado el mapa sectorial a que se...(Demo)

D.T. 3ª. Centros Nacionales de Formación Profesional.   

Los Centros Nacionales de Formación...(Demo)

D.T. 4ª. Evaluación, seguimiento y control de las iniciativas de formación financiadas mediante bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.   

La realización por las...(Demo)

D.T. 5ª. Determinación del crédito de bonificaciones para el ejercicio presupuestario 2007.   

Para el ejercicio presupuestario 2007 el crédito del que dispondrán las empresas para desarrollar la formación de demanda prevista en la Sección 2. ª del Capítulo II del...(Demo)

DISPOSICIONES DEROGATORIAS   

 ...(Demo)
D.DT. UNICA. Derogación normativa.   

1. Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que...(Demo)

DISPOSICIONES FINALES   

 ...(Demo)
D.F. 1ª. Título competencial.   

Este real decreto se dicta al amparo de lo...(Demo)

D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.   

Se habilita al...(Demo)

D.F. 3ª. Entrada en vigor.   

El presente real decreto...(Demo)

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