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Resolucion de 6 de abril de 2010, de la Direccion General de los Registros y del Notariado, por la que se modifican los modelos establecidos en la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero, por la que se aprueban nuevos modelos para la presentacion en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicacion y se da publicidad a las traducciones a las lenguas cooficiales propias de cada Comunidad Autonoma.

Ficha
Boletin Boletín Oficial del Estado Número [ Solo para usuarios ] de [ Solo para usuarios ] 
Sección I. DISPOSICIONES GENERALES 
Órgano emisor MINISTERIO DE JUSTICIA 
Fecha de disposición [ Solo para usuarios ] 
Tipo de norma RESOLUCION 
Tipo de legislación Legislacion Frecuente Seleccionado Contabilidad Mercantil Refundido Contable 
Materia
  • DERECHO MERCANTIL => REGISTRO MERCANTIL
  • VADEMECUM MERCANTIL-CONTABLE
  • DERECHO MERCANTIL

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Documento en formato PDF
Preambulo

Los artículos 34 a 41 del Código de Comercio regulan, con carácter general, las cuentas anuales, mientras que los artículos 365 y siguientes del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil prevén las obligaciones de presentación y depósito de estas cuentas anuales en dicho Reglamento. La disposición final sexta del citado Reglamento autoriza al titular del Ministerio de Justicia para dictar las disposiciones que...(Demo)

Primero. Modificación de los modelos de presentación de las cuentas anuales aprobados por la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero.-

Se modifican los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación, aprobados por Orden JUS/206/2009, de 28 de enero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 35, de 10 de febrero de 2009 (Sec. I, páginas 13912 a 14186), debido a reformas puntuales de la normativa contable. Las mencionadas modificaciones se transcriben a continuación. Dichos modelos se publicarán en la página web del Ministerio de Justicia.

A. Novedades del depósito de cuentas de 2009

En la pág. 13916, en las instrucciones de cumplimentación del modelo normal, se reorganiza el apartado 3. Información que se debe presentar en el Registro Mercantil, donde se insertan dos documentos no mencionados anteriormente, la declaración medioambiental y el modelo de autocartera, quedando redactado dicho apartado de la siguiente forma:

«Deberá presentarse en el Registro Mercantil de la provincia en la que radique su domicilio social:

a) Instancia de presentación de las cuentas.

b) Hoja de datos generales de identificación.

c) Declaración medioambiental

d) Modelo de autocartera.

e) Las cuentas anuales:

- Balance.

- Cuenta de pérdidas y ganancias.

- Estado de cambios en el patrimonio neto.

- Estado de flujos de efectivo.

- Memoria.

f) Certificación de la aprobación de las cuentas anuales, conteniendo la aplicación de resultados.

g) Informe de gestión.

h) Informe de auditoría, cuando la sociedad esté obligada a auditarse o si la minoría lo solicitase.

i) Certificación acreditativa de que las cuentas depositadas se corresponden con las auditadas.»

En la pág. 13925, en la cuenta de pérdidas y ganancias, modelo normal, se inserta una nueva partida 19, delante de la partida A.2) RESULTADO FINANCIERO, con la siguiente denominación y detalle:

«19. Otros ingresos y gastos de carácter financiero (código 42100).

a) Incorporación al activo de gastos financieros (42110).

b) Ingresos financieros derivados de convenios de acreedores (42120).

c) Resto de ingresos y gastos (42130).

Este cambio lleva consigo una reasignación de los números de las partidas existentes en la cuenta de pérdidas y ganancias. Así, las partidas anteriores 19. Impuestos sobre beneficios, y 20. Resultado del ejercicio procedente de operaciones interrumpidas neto de impuestos, pasan a ser ahora las partidas 20 y 21, respectivamente.

Asimismo, para tener en cuenta en los saldos intermedios la nueva partida 19 insertada, se modifica los cálculos de los saldos correspondientes. Así, la partida: A.2)...(Demo)

Segundo. Modificación de los modelos en las otras lenguas cooficiales.-

En el artículo 1 de la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero establece la publicación, mediante...(Demo)

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