EL PAGO.
El pago de la deuda tributaria se efectuará en efectivo.
Podrá admitirse el pago mediante efectos timbrados o en especie de la deuda tributaria en determinados casos.
En el caso de pago en efectivo se entiende pagada una deuda tributaria cuando se haya realizado el ingreso de su importe en las cajas de los órganos competentes, oficinas recaudadoras o entidades autorizadas para su admisión.
Plazos para el pago.
Autoliquidación.
Las deudas tributarias resultantes de una autoliquidación deberán pagarse en los plazos que establezca la normativa de cada tributo.
Liquidación de la Administración.
En el caso de deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración, el pago en período voluntario deberá hacerse en los siguientes plazos:
Liquidación notificada:
Plazo voluntario de pago:
Entre los días 1 y 15 del...
[Todos los precios son sin I.V.A. incluido]
Optimice la gestión de su despacho | Adaptación a la LOPD | Factura electrónica | Promoción y presencia en internet
© Iberley | Aviso Legal | Política de privacidad