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La Sala estima el recurso y revoca la sentencia de instancia declarando que el incremento de base de cotización, posterior a jubilación parcial y ésta a accidente de tráfico, causante de menoscabo en la capacidad laboral, lo fue en fraude ley, careciendo de justificación suficiente.
Sentencia de 20 de abril de 1998
Ponente: Excmo. Sr. Don José María Botana López
Seguridad Social.
Imputación de responsabilidad a la entidad gestora.
Existe una falta de cotización reuniendo el período de carencia necesario. Prestación por maternidad.
Legislación citada: Ley General de la Seguridad Social, artículos 94, 95, 96 y 126.
Sentencia de 6 de abril de 1998
Ponente: Excmo. Sr. Don Jesús González Peña
Responsabilidad empresarial.
El descubierto en el pago de las cuotas ha de vincularse a la responsabilidad empresarial cuando afecte el incumplimiento e impida la cobertura exigida. La responsabilidad empresarial en las prestaciones por falta de cotización tiene que vincularse a un incumplimiento con trascendencia en la relación jurídica de protección. La falta de cotización imputable al empresario impide la cobertura del período de cotización exigido.
Legislación citada: Ley General de la Seguridad Social, artículos 94.2 y 126.2.
sentencia de 2 de marzo de 1998
Recurso de casación para la unificación de la doctrina.
Cómputo de cotizaciones.
Cómputo de las cotizaciones correspondientes a trabajos efectuados con contrato a tiempo parcial. Aplicación de la normativa vigente cuando el hecho causante es posterior a enero de 1994, aunque se computen períodos anteriores a esta fecha.
Legislación citada: Ley 10/1994, artículo 4.3; Real Decreto 2.319/1993 de 19 de diciembre.
Sentencia de 24 de febrero de 1998
Ponente: Excmo. Sr. D.: Luis Ramón Martínez Garrido
UD. CONTRATACION A TIEMPO PARCIAL. COMPUTO DE LOS DIAS COTIZADOS. APLICACION DE LA NORMATIVA VIGENTE CUANDO EL HECHO CAUSANTE ES POSTERIOR A ENERO DE 1.994 AUNQUE SE COMPUTEN PERIODOS ANTERIORES A ESTA FECHA. REITERA DOCTRINA.
Sentencia de 9 de febrero de 1998
Ponente : Excmo. Sr. D.: Jesús González Peña
COMPUTO DE COTIZACIONES A LOS EFECTOS DE CARENCIA EN LOS CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL. MODIFICACION DE LA DOCTRINA ANTERIOR POR CAMBIO DE NORMA REITERA DOCTRINA.
sentencia de 2 de febrero de 1998
Ponente: Excmo. Sr. Don Miguel Angel Campos Alonso
Contratos.
Forma de computar las cotizaciones.
Determinación de la forma de computar las cotizaciones efectuadas en un contrato a tiempo parcial, a efectos de fijar el período de carencia de las prestaciones que se piden. Se ejercita en virtud de reclamación de invalidez permanente derivada de enfermedad común.
Legislación citada: Real Decreto Ley 19/1993, de 3 de diciembre; Real Decreto 2.319/1993, de 29 de diciembre, Disposición Adicional 9.ª.
Sentencia de 19 de enero 1998
Ponente: Excmo. Sr. Don José María Marín Correa
Descubierto de cotización prescrito.
Las cuotas no satisfechas no pueden sumarse a las ingresadas efectivamente para cubrir un período de contribución. No está cubierta la carencia, por no computar cotizaciones en descubierto prescritas.
Legislación citada: Texto Refundido del Régimen Especial Agrario, aprobado por Decreto de 23 de julio de 1971, artículo 16.
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