Si no es cliente siga los pasos para acceder
Ha olvidado la contraseña?
La cuestión que se plantea consiste en determinar si el organismo autónomo de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Trabajo, denominado 'Servicio Publico de Empleo Estatal' goza del 'beneficio de justicia gratuita' a los fines de no afectarle la obligación que a los tribunales de suplicación y de casación les exige el art. 233.1 de la LPL de imponer 'las costas a la parte vencida en el recurso, excepto cuando goce del beneficio de justicia gratuita'.
TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO SOCIAL. En la Villa de Madrid, a nueve de Febrero de dos mil nueve.
La única cuestión que plantea el presente recurso versa sobre el procedimiento administrativo que conduce a la imposición a la empresa o empresas responsables del recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad. El aspecto concreto del procedimiento que es objeto de controversia es si la falta de audiencia de la empresa afectada lleva aparejada la nulidad de la resolución administrativa que declara dicha responsabilidad.
TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO SOCIAL. En la Villa de Madrid, a once de Diciembre de dos mil ocho.
Sentencia de 20 de abril de 1998
Ponente: Excmo. Sr. Don José María Botana López
Seguridad Social.
Imputación de responsabilidad a la entidad gestora.
Existe una falta de cotización reuniendo el período de carencia necesario. Prestación por maternidad.
Legislación citada: Ley General de la Seguridad Social, artículos 94, 95, 96 y 126.
[Todos los precios son sin I.V.A. incluido]
Optimice la gestión de su despacho | Adaptación a la LOPD | Factura electrónica | Promoción y presencia en internet
© Iberley | Aviso Legal | Política de privacidad