Articulo 469 Ley de Enjuiciamiento Civil
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»Artículo 469. Motivos. Denuncia previa en la instancia.
Vigente
(SIN CONTENIDO)
Modificaciones
- Artículo modificado por Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
(BOE de 20-12-2023) en vigor desde 20-03-2024