Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS QUIMICAS (39000815011981) de Cantabria
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Convenio Colectivo de Sec... Cantabria

Última revisión
14/05/2014

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS QUIMICAS (39000815011981) de Cantabria

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2014

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Documento oficial en PDF(Páginas 210-213)

Resolucion disponiendo la inscripcion en el Registro y publicacion del Convenio Colectivo laboral del sector de Industrias Quimicas de Cantabria, referente a la aprobacion de las tablas salariales para el año 2014, asi como la tabla de antiguedad y horas extras. (Boletín Oficial de Cantabria num. 91 de 14/05/2014)

Preambulo

Visto el acuerdo suscrito el 29 de abril de 2014 (con presentación en registro el 6 de mayo) por la comisión negociadora del Convenio Colectivo laboral del sector de Industrias Químicas de Cantabria, referente a la aprobación de las tablas salariales para el año 2014 así como la tabla de antigüedad y horas extras, con incremento del 0,2 por ciento y, de conformidad con el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995 y los artículos 2 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de acuerdos y convenios colectivos de trabajo y, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1.900/1996 de 2 de agosto sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria y Decreto 88/1996 de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y servicios transferidos, así como el Decreto 103/2008, de 16 de octubre, de atribución de competencias,

SE ACUERDA:

1-

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como proceder a su depósito.

2.-

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 7 de mayo de 2014

Directora General de Trabajo,

Rosa María Castrillo Fernández.

ACUERDO

ASISTENTES:

Por los trabajadores:

UGT J

José Ramón Pontones

Valentín Fernández

Lorenzo Martinez

CCOO

Álvaro Gómez

Juan Ramón Soriano

Daniel San Miguel

Jose Antonio Sánchez Gimeno

Por los empresarios:

Alfredo Salcines

José Antonio Salcines

Julio Cabrero

Eduardo Campuzano

En Santander, siendo las 20:00 horas del día 29 de Abril de 2014, se reúnen en la Asociación de Empresarios de Químicas (PYME), domiciliada en Plaza Rubén Darío, nº 52-54, los señores antes relacionados para proceder a la firma de la tabla salarial para el año 2014 de dicho Convenio colectivo de conformidad con lo establecido en los Art. 8 y Disposición Adicional Primera apartado 5º.-

La tabla con los salarios mínimos garantizados del Convenio Gral. de Industria Química ha sido firmada por la comisión negociadora de dicho convenio el día 11/02/2014 con un incremento del 0,2 % sobre los salarios del 2013 sobre los que no procedía revisión.

El Art. 8º del Convenio Colectivo para la Industria Química de Cantabria establece que el incremento salarial para los años 2011, 2012, 2013 y 2014 será el mismo porcentaje que se incremente el Convenio Gral de la Industria Química de ámbito estatal.

En el punto 5º.- de la DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA del citado Convenio Colectivo para la Industria Química de Cantabria se establece que a partir de 01 de enero de 2014 ningún trabajador percibirá retribuciones inferiores a las resultantes de aplicar la tabla de salarios mínimos garantizados por el convenio general. Por todo ello, la comisión negociadora, de común acuerdo aprueba la tabla salarial para 2014, con los salarios mínimos garantizados del convenio general, así como la tabla de antigüedad y horas extras para dicho año con el incremento del 0,2 que se firman junto con la presente acta formando parte de la misma. Los atrasos que pudieran corresponder por aplicación de dichas tablas, se abonarán antes de 30-06-2014.

Se designa por la comisión negociadora a Araceli Bautista Gárate para realizar cuantos trámites sean necesarios para el registro y depósito del presente acuerdo.

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión a las 21 horas en el lugar y fecha antes indicados.

POR LOS TRABAJADORES POR LOS EMPRESARIOS

UGT CCOO

TABLA SALARIAL PARA 2014

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ANEXO II. TABLA DE ANTIGÜEDAD Y HORAS EXTRAS PARA 2014

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2014/6880