Convenio Colectivo de Sector de ACTIVIDADES AGROPECUARIAS (49000105011982) de Zamora
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Convenio Colectivo de Sec... de Zamora

Última revisión
04/03/2005

Revision. Convenio Colectivo de Sector de ACTIVIDADES AGROPECUARIAS (49000105011982) de Zamora

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2004

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Acuerdo Comision Paritaria, Revision Salarial año 2004 y Tablas Salariales año 2005 del Convenio Colectivo del Sector Actividades Agropecuarias Codigo convenio 4900105. Expte. 9/05 (Boletín Oficial de Zamora num. 24 de 25/02/2005)

Visto el Acuerdo de la Comisión Paritaria del convenio colectivo provincial para el sector de Actividades Agropecuarias (Código de Convenio 4900105), suscrito con fecha 03- 02- 05, a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el art.13 del citado convenio (BOLETIN OFICIAL de la provincia de 09- 06- 04) y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apdos. 2 y 3 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE del 29) por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivo de trabajo, así como en los arts. 2, 4 y 5 de la Orden de 12 de septiembre de 1997, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, sobre creación del Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, esta Oficina Territorial de Trabajo, acuerda:

Primero: Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de esta Oficina Territorial de Trabajo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo: Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la provincia de Zamora.

Así lo acuerdo y firmo en Zamora, a catorce de febrero del año dos mil cinco.

El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Ricardo García de Arriba Sánchez.

Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial de Trabajo aplicable al Sector de Actividades Agropecuarias de la Provincia de Zamora para la revisión de las tablas salariales de los años 2004 y 2005

Asistentes:

Por ASAJA- CEOE* CEPYME Zamora.

 Don Enrique Delgado Mayor.

Doña Elena Sánchez Olea.

Don Manuel Espada Alonso.

 Don Luis de Luis Alfageme.

 Doña Susana Iglesias Miguel.

Por COAG.

Don Manuel Martín Hernández.

 Doña Carmen Alonso Martín.

Por U. G. T.

 Don Vicente González Rodríguez.

Por CC. OO.

 Don Andrés González Gato.

En Zamora, siendo las 12.00 horas del día 3 de febrero de 2005, se reúnen en la Sede de la Confederación Empresarial CEOE* CEPYME Zamora (plaza de Alemania, n.º1 de Zamora), las personas relacionadas al margen en su calidad de miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial de Trabajo aplicable al sector de Actividades Agropecuarias de la provincia de Zamora, para el año 2004.

Por unanimidad de todos los asistentes se adoptan los siguientes:

ACUERDOS

Primero.- REVISIÓN SALARIAL 2004: Proceder, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Convenio Colectivo en vigor, a revisar los salarios del año 2004 en un 1,20%, toda vez que el IPC real a 31- 12- 2004 superó al IPC previsto por el Gobierno para dicho año, en el 1,20%.

Dicha diferencia se aplicará sobre los salarios vigentes a 31 de diciembre de 2003 y se abonará con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2004. La nueva tabla salarial se adjunta a la presente Acta como ANEXO I.

Segundo.- SALARIOS PARA EL AÑO 2005: A tenor de la establecido en el artículo 13 del mencionado Convenio procede incrementar los salarios vigentes durante el año 2004 en un 2,25% (IPC previsto por el Gobierno para el año 2005 más un 0,25%). Se adjunta Tabla Salarial para el año 2005 como ANEXO II.

Tercero.- Las diferencias salariales que puedan corresponder se harán efectivas de una sola vez por las empresas dentro del mes siguiente a la publicación de la presente acta en el Boletín Oficial correspondiente.

Cuarto.- Dar traslado de los presentes acuerdos a la Autoridad Laboral a los efectos de su registro y posterior publicación oficial.

Y siendo las 12,30 horas se da por concluida la reunión en el lugar y fecha al comienzo indicados, levantándose la presente Acta que es firmada, en prueba de conformidad, por todas las partes.

Por ASAJA- CEOE* CEPYME Zamora. Por COAG. Por U. G. T. Por CC. OO. B. O. P. núm. 24 VIERNES 25 DE FEBRERO DE 2005 PAGINA 13

Anexo I

Revisión de la Tabla Salarial del Convenio de Actividades Agropecuarias de la Provincia de Zamora 2004 (1,20% de Incremento)

SALARIO PLUSTRANSPORTE CÓMPUTO SALARIO

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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NOTA: El importe del Cómputo Anual ha sido calculado considerando que el Plusde Transporte se percibe durante 280 días. En caso de que dicho número de días sea inferior o superior, el importe del Cómputo Anual sufrirá la variación al alza o a la baja que corresponda.