Convenio Colectivo de Sector de DESPACHOS DE TECNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FIS...012405011999) de BOE
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Convenio Colectivo de Sec...99) de BOE

Revision. Convenio Colectivo de Sector de DESPACHOS DE TECNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES (99012405011999) de BOE

Sector Estatal. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2004

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RESOLUCION de 20 de enero de 2005, de la Direccion General de Trabajo, por la que se dispone la inscripcion en el registro y publicacion del Acta de revision salarial para el año 2004, del convenio colectivo estatal para Despachos de Tecnicos Tributarios y Asesores Fiscales. (Boletín Oficial del Estado num. 33 de 08/02/2005)

Preambulo

Visto el texto del acta de fecha 11 de noviembre de 2004 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial para el año 2004 del Convenio Colectivo estatal para Despachos de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (código del convenio n. º 9912405)) , acta suscrita de una parte por la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales en representación de las empresas del sector y de otra por las Organizaciones Sindicales COMFIACC. OO. y FESUGT en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 20 de enero de 2005. El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA DE LA REUNIÓN DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL II CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA DESPACHOS DE TÉCNICOS TRIBUTARIOS Y ASESORES FISCALES

En representación sindical:

COMFÍA CC. OO.:

- Don Ramón Tudela Solsona.

- Don Manuel Fco. Sánchez Montero.

FESU. G. T.

- Don José Luis Mazón Lloret.

- Don Valentín González Prieto.

En representación empresarial:

Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales:

- Don Arturo Casinos Garcés.

- Don Juan Carlos Para Rodríguez.

- Don Jorge Werner González.

- Don Joan Casanovas i Sugranyes.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2004, en la sede de la Federación de Servicios Financieros y Administrativos de CCOO (COMFÍA CCOO) , de Madrid, se reúnen los señores que se indican al margen y en representación que en el mismo consta.

La reunión tiene por objeto, la constitución de la mesa de negociación del II Convenio Colectivo para despachos de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales, de ámbito estatal, (código de convenio n. º 9912405)).

Por unanimidad de las representaciones de las organizaciones intervinientes, se adoptan los siguientes acuerdos:

Primero

Ambas partes, representación sindical y empresarial, por unanimidad, y previo reconocimiento mutuo como interlocutores legalmente válidos a los fines de esta reunión, acuerdan dar por formalmente constituida la comisión negociadora del referido convenio que habrá de sustituir al I convenio del mismo subsector, que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado de fecha 18 de octubre de 1999 (BOE n º 249)) , en virtud de la Resolución de la Dirección General de Trabajo de fecha 28 de septiembre de 1999.

Segundo

De común acuerdo, se establece para moderar las reuniones y firmar las actas con los acuerdos que se hayan adoptado en cada reunión, que serán firmadas por un representante de cada una de las tres organizaciones intervinientes, que se designarán en cada reunión, salvo la última que será suscrita por todos los presentes que aprueben su contenido.

Tercero

Se acuerda mantener las reuniones necesarias para el avance de las negociaciones, con periodicidad regular, comprometiéndose las partes en fijar la siguiente reunión en un plazo máximo de 15 días.

Cuarto

Se acuerda que a cuenta de la subida que se fije a la firma de este convenio, para este año 2004, que se realice una subida del 3,3% ; sobre todos los conceptos salariales en vigor a partir de este mes de noviembre y con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2004. Los atrasos correspondientes a esta subida a cuenta se harán efectivos por las empresas a los trabajadores y las trabajadoras como máximo hasta el 31 de diciembre de 2004. En el caso de que esta acta se publicara en el BOE con posterioridad a esta fecha, el plazo para hacer efectivos los atrasos será de un máximo de 30 días con posterioridad a la fecha de publicación.

Quinto

Se acuerda facultar a los representantes de Comfía CC. OO. , para que realice cuantas gestiones sean necesarias para el registro del presente acta de constitución y su publicación en el Boletín Oficial del Estado.