Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE ALIMENTACION (45000125011981) de Toledo
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Convenio Colectivo de Sec... de Toledo

Última revisión
29/03/2006

Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DE ALIMENTACION (45000125011981) de Toledo

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2005

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Revision salarial para el año 2005 del Convenio Colectivo Provincial de Comercio de Alimentacion, numero de codigo de Convenio 4500125 (Boletín Oficial de Toledo num. 61 de 15/03/2006)

Preambulo

Visto el texto de la revisión salarial para el año 2005 del Convenio Colectivo Provincial de Comercio de Alimentación, número de código de Convenio 4500125, suscrito, de una parte, por cuatro representantes de FEDETO y uno de FEPEMTA y de otra, en nombre de los trabajadores, por las Centrales Sindicales CC. OO. y U. G. T., firmado en 1 de febrero de 2006 y presentado ante esta Delegación Provincial el 17 de febrero de 2006, de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1 de 1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; artículo segundo del Real Decreto 1040 de 1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo y artículo 8 del Decreto 92 de 2004, de 11 de mayo, por el que se establece la Estructura Orgánica y las Competencias de la Consejería de Trabajo y Empleo, esta Delegación Provincial de Trabajo y Empleo

Acuerda:

1.- Ordenar su inscripción en el Libro Registro de Convenios Colectivos y proceder al depósito del texto original del mismo en la Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación, con notificación a las partes negociadoras.

2.- Disponer su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Toledo.

Toledo 21 de febrero de 2006. - El Delegado Provincial de Trabajo y Empleo, Pedro Antonio López Gómez.

ACTA

En Toledo, siendo las 12,00 horas del día 1 de febrero de 2006, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial del Comercio de Alimentación de la provincia de Toledo,

Acuerdan:

1.- La firma de la revisión de la tablas salariales definitivas del 2005, y demás conceptos retributivos, una vez conocido el I. P. C. real de dicho año, y según lo acordado en el propio texto del Convenio, incremento que asciende a 1,7 por 100, cuyas tablas se adjuntan.

2.- Remitir dichas tablas salariales y conceptos a la Delegación Provincial de Industria y Trabajo de Toledo, a efectos de su depósito, registro y publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Toledo.

3.- Una vez publicadas las mismas, los atrasos que se pudieran devengar, deberán ser abonados dentro del mes siguiente desde su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Toledo. Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, lo firman en el lugar y fecha al principio indicados.- Firmas ilegible

1.- Salario base (artículo 31. a, anexo I) y Plus de Locomoción (artículo 32. b, anexo I).

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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