Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO (05000025011981) de Ávila
Convenios
Convenio Colectivo de Sec...) de Ávila

Última revisión
07/04/2005

Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO (05000025011981) de Ávila

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2005

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Tabla salarial para el año 2005 y acta de la reunion de la comision paritaria del convenio colectivo provincial de trabajo para la actividad de comercio de Avila y su provincia. (Boletín Oficial de Ávila num. 43 de 03/03/2005)

Preambulo

Visto el acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial de Trabajo para la ACTIVIDAD DE COMERCIO DE ÁVILA Y SU PROVINCIA que fue suscrito el día 18 de febrero de 2005, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, apartados 2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y en la Orden del 12 de Septiembre de 1997 de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (B.O.C. y L. de 24-09-97, n° 183).

Esta Oficina Territorial de Trabajo

ACUERDA:

Primero

Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Ávila, 24 de febrero de 2005, El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Francisco-Javier Muñoz Retuerce

Julián Sánchez Jesús Jiménez Representación Sindical

U.G.T.- Juan Antonio Caballero CC.OO.- Julián González

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TRABAJO PARA LA ACTIVIDAD DE COMERCIO DE ÁVILA Y SU PROVINCIA

En la ciudad de Ávila, siendo las 20:00 horas del día 18 de febrero del 2005, se reúnen en la Sede de la Confederación Abulense de Empresarios los señores arriba relacionados, todos ellos miembros de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo Provincial de Trabajo para la Actividad de Comercio para tratar el Orden del Día que a continuación se expresa:

ORDEN DEL DÍA:

PRIMERO

Establecimiento de las tablas salariales que han de regir durante el año 2005.

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 del vigente Convenio colectivo, se procede a fijar las tablas salariales que regirán en el año 2005.

De resultas de lo anterior, las Tablas Salariales correspondientes al año 2005, quedan como se señala seguidamente:

TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2005

Categorías

Euros/mes

Euros/año

Director

920,82

12.891,48

Encargado General

866,25

12.127,50

Encargado Sucursal o Superm.

838,63

11.740,82

Jefe de almacén o sección

807,69

11.307,66

Viajante

743,93

10.415,02

Conductor-repartidor-cobrador

744,68

10.425,52

Dependiente

724,34

10.140,76

Conductor-repartidor

724,34

10.140,76

Ayudante

698,26

9.775,64

Aspirante-Iniciación

571,72

8.004,08

Trabajador menor de18 años

571,72

8.004,08

Contrato de formación

513,00

7.182,00

Contable

744,68

10.425,52

Operador de máquinas contables

724,34

10.140,76

Oficial Administrativo

724,34

10.140,76

Auxiliar Administrativo

704,78

9.866,92

Auxiliar de Caja

703,47

9.848,58

Profesional de Oficio de1ª

702,18

9.830,52

Profesional de Oficio de2ª

700,22

9.803,08

Mozo especializado

698,93

9.785,02

Mozo

697,85

9.769,90