Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO DEL METAL (20000325011981) de Gipuzkoa
Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 1998
Revision salarial del convenio colectivo de Comercio del Metal (Boletín Oficial de Gipuzkoa num. 65 de 07/04/1998)
GOBIERNO VASCO
DEPARTAMENTO DE JUSTICIA, ECONOMIA, TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Delegación Territorial de Trabajo de Gipuzkoa
Convenios Colectivos N.º de Orden 114/97-F.1.063
Vista la documentación presentada el día 13 de marzo de 1998, por la comisión negociadora del convenio colectivo de «Comercio del Metal», (código de convenio n.º 2000325), de ámbito provincial, registrado con fecha 14 de mayo de 1997, a la que se adjunta el correspondiente acuerdo firmado por la misma en la reunión celebrada el día veintinueve de enero del año en curso, sobre aplicación de la revisión salarial prevista en el art. 9.º del texto del convenio colectivo y que surtirá efectos desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 1998, solicitando su registro, depósito y publicación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 29-03-1995), en relación con el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo, Decreto del Gobierno Vasco 39/1981, de 2 de marzo, sobre creación y organización del Registro de Convenios Colectivos y Orden de 3 de noviembre de 1982, que los desarrolla, en relación con el Real Decreto 2.209/1979, de 7 de septiembre y Decreto del Gobierno Vasco 141/1995, de 7 de febrero (publicado en el Boletín Ofical del País Vasco de 20 de febrero) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Economía, Trabajo y Seguridad Social,
Esta Delegación Territorial,
ACUERDA
Primero.
Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de esta Delegación Territorial, con notificación a la comisión negociadora.
Segundo.
Depositar una copia del mismo en la Sección de Relaciones Colectivas de esta Delegación.
Tercero.
Disponer su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
Donostia-San Sebastián, a 17 de marzo de 1998.el Delegado de Trabajo, Bernardo Mtz. Reyes.
(1291) (2705)
ACTA REVISION CONVENIO COLECTIVO COMERCIO METAL DE GIPUZKOA 1998
En Donostia-San Sebastián, a 29 de enero de 1998 y con la asistencia de la representación sindical y empresarial de la Comisión Mixta del Convenio Colectivo del Comercio del Metal de Gipuzkoa, Patxi Rodríguez, Lidia Muñoa y José Luis Ugarte (ELA-STV); Juan Ramón Unamuno, María Azkonaga y Lurdes Muguruza (CC.OO.); Javier Cía (UGT), Iñigo Malcorra (AEGA); Arturo R. García Sanz y Juan Ramón Apezetxea (ADEGI), se llega a los acuerdos siguientes:
1.ºElaborar las tablas salariales para el período 01-01-98 al 31-12-98 incrementando las vigentes al 31-12-97 en un 2% (IPC de 1997).
Los salarios reales vigentes (masa salarial) a 31.12.97 se incrementarán a partir del 1.º de enero de 1998 en un 1,4% sobre la referida masa salarial.
Las tablas salariales y de antigüedad se adjuntan a la presente acta.
2.ºIncrementar los siguientes conceptos económicos:
Dietas:
Dieta completa: 5.508 ptas.
Desayuno: 236 ptas.
Comida: 2.064 ptas.
Cena: 1.497 ptas.
3.ºLas representaciones indicadas acuerdan solicitar de la Autoridad Laboral su inscripción y registro así como su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en el lugar y fecha indicados.