Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO VARIO (31002405011982) de Navarra
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Convenio Colectivo de Sec...de Navarra

Revision. Convenio Colectivo de Sector de COMERCIO VARIO (31002405011982) de Navarra

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 1996

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RESOLUCION 603/1997, de 6 de marzo, del Director General de Trabajo,del Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, por laque se acuerda el registro, deposito y publicacion en el BOLETINOFICIAL de Navarra de la Revision Salarial para el año 1996 delConvenio Colectivo de trabajo para el sector de "Comercio Vario", dela Comunidad Foral de Navarra (expediente numero 13/97). (Boletín Oficial de Navarra num. 36 de 24/03/1997)

Preambulo

Visto el texto del acuerdo de Revisión Salarial, correspondiente al año 1996, del Convenio Colectivo de trabajo para el sector de "Comercio Vario", de la Comunidad Foral de Navarra, (código n.º 3102405), que ha tenido entrada en este Departamento con fecha 28 de febrero de 1997, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio que fue publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 100, de 19 de agosto de 1996.

Considerando: De conformidad con lo establecido en el Real-Decreto 937/1986, de 11 de abril y en el Decreto Foral 334/1996, de 23 de septiembre, en relación con lo dispuesto en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real-Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,

El Director General de Trabajo, en uso de las facultades delegadas por Orden Foral de 2 de diciembre de 1996, del Consejero de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo,

HA RESUELTO:

Primero:

Aprobar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Departamento, donde queda en depósito su texto y documentación, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo:

Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, seis de marzo de mil novecientos noventa y siete.-El Director General de Trabajo, Angel Luis Rodríguez San Vicente.

ACTA DE LA REVISION SALARIAL PARA EL AÑO 1996 DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR DE "COMERCIO VARIO" DE NAVARRA

En Pamplona, a 31 de enero de mil novecientos noventa y siete, se reúne la Comisión Deliberadora del Convenio Colectivo Sindical para el sector de "Comercio Vario" de la Comunidad Foral de Navarra, con asistencia de las organizaciones y representaciones que a continuación se relacionan:

Por la parte empresarial: Don Miguel Cabodevilla Eraso, don José María Esparza Urdiáin y don Francisco Javier Sala.

Por la parte social: Don Joseba Garmendia y doña Araceli Quel Lau, por Unión General de Trabajadores; don Pedro Esparza Azanza, por Comisiones Obreras; don Oscar Rodríguez Caparrós por ELA-STV; y por LAB, don Andoni Barbarin.

ACUERDAN

Primero.-

Tal como dispone el artículo 5 del vigente Convenio Colectivo de Trabajo del sector de "Comercio Vario" de Navarra, con efectos del 1 de enero de 1996 se procederá a incrementar las cantidades salariales establecidas en el Convenio

Las partes comparecientes están conformes en revisar los salarios vigentes en un 0,7% de incremento, con carácter retroactivo al 1 de enero de 1996.

Segundo.-

En aplicación del 0,7% de incremento, referido en el acuerdo anterior, se modifica las tablas salariales para 1996 en las cantidades que al final se detallan.

Tercero.-

El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Sus efectos económicos se retrotraerán al día 1 de enero de 1996.

Cuarto.-

Remitir el presente acuerdo a la Autoridad Laboral de Navarra, a efectos de su registro y posterior publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Y en prueba de conformidad, firman al final de este acuerdo, que incluye las tablas salariales para el año 1996, una vez practicada la revisión.

TABLAS SALARIALES DE APLICACION DURANTE 1996 AL SECTOR DE COMERCIO VARIO DE NAVARRA, UNA VEZ PRACTICADA LA REVISION

SALARIO

DEPENDIENTE MAYOR 112.049 5.602

DEPENDIENTE 25 AÑOS 101.916 5.096

DEPENDIENTE DE 22 A 25 AÑOS 98.548 4.927

AYUDANTE 95.136 4.756

APRENDIZ DE 16-17 AÑOS 57.783 0

OFICIAL ADMINISTRATIVO 101.916 5.096

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 98.548 4.927

CAJERO 112.049 5.602

MOZO ESPECIALIZADO 101.916 5.096

MOZO 98.548 4.927

PERSONAL DE LIMPIEZA 601 0

Pamplona, a treinta de enero de mil novecientos noventa y siete. -- -- A9702245 --