Última revisión
Revision. Convenio Colectivo de Sector de DERIVADOS DEL CEMENTO (30000385011981) de Murcia
Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2012
Resolucion de 12 de noviembre de 2013, de la Direccion General de Trabajo, por la que se dispone la inscripcion en el registro y publicacion del acuerdo, de prorroga y tabla salarial definitiva año 2012; denominacion, derivados del cemento. (Boletín Oficial de la Región de Murcia num. 276 de 28/11/2013)
Visto el expediente de Convenio Colectivo de Trabajo y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Resuelvo
Primero.-
Ordenar la inscripción en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos, de este Centro Directivo, de Prorroga y Tabla Salarial definitiva año 2012; número de expediente, 30/01/0161/2013; referencia, 201344240003; denominación, Derivados del Cemento; código de convenio, 30000385011981; ámbito, Sector; suscrito con fecha 06/09/2013, por la Comisión Negociadora.
Segundo.-
Notificar la presente resolución a la Comisión Negociadora del acuerdo.
Tercero.-
Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Murcia 12 de noviembre de 2013.
El Director General de Trabajo, Fernando José Vélez Álvarez.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL V CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE LA REGIÓN DE MURCIA, CELEBRADA EL DÍA 6 DE SEPTIEMBRE DE 2013
En Murcia, siendo las 12:00 horas del día 6 de septiembre de 2013, se reúnen en los locales de la Federación Regional de Empresarios de la Construcción de Murcia, sita en calle Acisclo Diaz n.º 5-C, 3.º, de Murcia, los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para las industrias de derivados del cemento de la Región de Murcia, integrada por las siguientes personas:
Por U.G.T.: D. José María Martínez Hernández y D. Blas Alonso Azorín.
Por CC.OO.: D. Duval del Valle Vélez y D. Francisco José Pérez Montes, y, como Asesores D.ª María Fernández de Maya y D. Alfonso Valera López.
Por la Federación de Empresarios: D. Jesús González Navarro y D. Juan Sabater Rodríguez (ambos en su propio nombre y en representación de D. José Pujante Escribano y D. Juan Lax Alarcón) y, como Asesores, D. José María Riquelme Artajona y D.ª Ester López García. Se inicia la reunión y reconociéndose todas la partes plena capacidad y legitimación suficiente, acuerdan por unanimidad:
1.º-
Prorrogar el IV Convenio Colectivo de Trabajo para las Industrias de Derivados del Cemento de la Región de Murcia, de 1 de enero de 2011 a 31 de diciembre de 2012, con las modificaciones introducidas por el V Convenio General del Sector de Derivados del Cemento (publicado en el BOE el 4 de julio de 2013).
2.º-
Aprobar a efectos del cálculo de atrasos del año 2012, las tablas salariales consistentes en la suma del 1% a las tablas definitivas del 2011. Tales atrasos deberán ser abonados en la nómina de los dos meses siguientes a la publicación de la presente Acta.
3.º-
Aprobar las tablas definitivas del 2012, sin atrasos, conforme a lo recogido en el Acta de la Comisión Paritaria del V Convenio General del Sector de Derivados del Cemento de 25 de abril de 2013, publicada en el BOE el 4 de julio de 2013.
4.º-
Acordar que de conformidad con lo previsto en el Acuerdan 1.º y Anexo II del citado Acta de la Comisión Mixta Paritaria de Interpretación del V Convenio Colectivo General del Sector de Derivados del Cemento de 25 de abril de 2013, la empresa que no abone los atrasos previstos en el punto 2.º de la presente Acta en los dos meses siguientes a la publicación de la misma, no se podrá beneficiar de lo recogido en el citado Acuerdan 1.º, debiendo abonar atrasos del 2012 conforme a la tabla definitiva acordada en el punto 3.º
5.º-
Designar a D. Alfonso Valera López para la presentación de la solicitud de inscripción de este acta y tablas, en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a fin de posibilitar dicha inscripción y publicación en el BORM, facultando a D. Alfonso Valera López para realizar cualquier acto de tramitación o subsanación necesario.
No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 14 horas del día indicado, firmando todos los presentes en prueba de conformidad.
TABLAS SALARIALES
TABLA SALARIAL DEFINITIVA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS DE DERIVADOS DEL CEMENTO, DE LA REGION DE MURCIA CON EFECTOS DE 1 ENERO A 31 DICIEMBRE 2012
GRUPOS |
Salario Base |
Complemento de Convenio |
Complemento No Salarial |
Pagas Extras de Verano y Navidad |
Total Atrasos_12 |
mes |
mes |
mes |
|||
1 |
1.901,63 |
137,54 |
109,67 |
1.925,81 |
|
2 |
1.459,41 |
137,54 |
109,67 |
1.483,60 |
|
3 |
1.193,33 |
137,54 |
109,67 |
1.217,51 |
|
día |
día |
día |
|||
4 |
38,67 |
6,74 |
3,61 |
1.196,32 |
|
5 |
38,09 |
6,74 |
3,61 |
1.178,69 |
|
6 |
37,51 |
6,74 |
3,61 |
1.159,89 |
|
7 |
36,87 |
6,74 |
3,61 |
1.141,65 |
|
8 |
36,27 |
6,74 |
3,61 |
1.122,62 |
TABLA DE HORAS EXTRAS CON EFECTOS DESDE EL 1 DE ENERO HASTA EL 31/12/2012
GRUPOS |
Euros |
GRUPO I |
22,11 € |
GRUPO II |
17,48 € |
GRUPO III |
14,69 € |
GRUPO IV |
14,24 € |
GRUPO V |
14,06 € |
GRUPO VI |
13,87 € |
GRUPO VII |
13,67 € |
GRUPO VIII |
13,48 € |
---
DIETAS |
40,46 € |
MEDIA DIETA |
9,75 € |
Artículo 15,7 |
|
VIAJE DE HORMIGONERA |
1,888 € |
KILOMETROS |
0,189 € |
TABLA DE REMUNERACIONES ECONOMICAS POR GRUPOS PARA EL AÑO 2012
GRUPOS |
Euros |
GRUPO I |
29.528,03 € |
GRUPO II |
23.336,97 € |
GRUPO III |
19.611,83 € |
GRUPO IV |
19.018,88 € |
GRUPO V |
18.771,92 € |
GRUPO VI |
18.522,62 € |
GRUPO VII |
18.252,54 € |
GRUPO VIII |
17.995,48 € |
TABLA SALARIAL PARA EL CALCULO DE ATRASOS DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS DE DERIVADOS DEL CEMENTO, DE LA REGION DE MURCIA CON EFECTOS DE 1 ENERO A 31 DICIEMBRE 2012
GRUPOS |
Salario Base |
Complemento de Convenio |
Complemento No Salarial |
Pagas Extras de Verano y Navidad |
Total Atrasos_12 |
mes |
mes |
mes |
|||
1 |
1.882,98 |
136,19 |
108,60 |
1.906,93 |
289,52 |
2 |
1.445,10 |
136,19 |
108,60 |
1.469,06 |
228,90 |
3 |
1.181,63 |
136,19 |
108,60 |
1.205,58 |
192,36 |
día |
día |
día |
|||
4 |
38,29 |
6,68 |
3,58 |
1.184,59 |
188,71 |
5 |
37,71 |
6,68 |
3,58 |
1.167,14 |
184,72 |
6 |
37,14 |
6,68 |
3,58 |
1.148,52 |
184,34 |
7 |
36,51 |
6,68 |
3,58 |
1.130,45 |
180,33 |
8 |
35,92 |
6,68 |
3,58 |
1.111,62 |
179,97 |
NPE: A-281113-16935