Convenio Colectivo de Sector de DERIVADOS DEL CEMENTO (40000135011982) de Segovia
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Convenio Colectivo de Sec...de Segovia

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de DERIVADOS DEL CEMENTO (40000135011982) de Segovia

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2020 en adelante

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RESOLUCION DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJO DE SEGOVIA POR LA QUE SE ACUERDA LA INSCRIPCION Y PUBLICACION DEL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2020 DEL SECTOR DE DERIVADOS DEL CEMENTO EN LA PROVINCIA DE SEGOVIA. CODIGO DE CONVENIO 40000135011982 (Boletín Oficial de Segovia num. 141 de 25/11/2019)

VISTO el acuerdo de fecha 6 de noviembre de 2019 por el que se aprueba el Calendario Laboral para el año 2020 de las empresas del sector de DERIVADOS DEL CEMENTO, Código de Convenio 40000135011982, suscrito por la Comisión Negociadora: REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL y las centrales sindicales UGT y CCOO, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en el RD 831/95 de 30 de mayo sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración de Estado a la Comunidad de Castilla y León y en la Orden de 12 de septiembre de 1997 de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo por la que se crea el Registro de Convenios colectivos de la Comunidad de Castilla y León.

Esta Jefatura de la Oficina Territorial de Trabajo

ACUERDA

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.- Proceder a su depósito en el órgano competente.

Tercero.- Disponer su publicación obligatoria y gratuita en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Segovia, a 20 de noviembre de 2019.? El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Eugenio Hurtado Garrido.

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Cada pueblo de la provincia tiene que respetar las dos fiestas locales. En el supuesto de que alguna fiesta local coincida con un día no laborable de este Convenio, se disfrutará al día siguiente laborable.

También se puede modificar el calendario laboral de acuerdo entre el Comité o trabajadores y la empresa antes del mes de enero. Si no hay acuerdo se debe respetar el calendario tipo.