Convenio Colectivo de Sector de DERIVADOS DEL CEMENTO (47000125011982) de Valladolid
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Revision , Calendario. Convenio Colectivo de Sector de DERIVADOS DEL CEMENTO (47000125011982) de Valladolid

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2007

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Resolucion por la que se dispone el registro, deposito y publicacion de la revision salarial para 2007 y calendario laboral para 2008, del convenio colectivo provincial del sector de "Derivados del Cemento". (Boletín Oficial de Valladolid num. 8 de 11/01/2008)

Primero

Inscribir dicha Revisión Salarial para el año 2007 y el Calendario Laboral para 2008 en el correspondiente Registro de este Organismo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Tercero

Depositar un ejemplar de la misma en esta Entidad.

Valladolid, 20 de diciembre de 2007.-La Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Agustina Arias Gallego.

ACTA

UGT

- Constantino Mostaza Saavedra

- Luis José Martín Iglesias

CC.OO.

- Benito del ValRedondo

- Fidel de la Calle González

AVAPRES

- José Manuel Arroyo Ordóñez

- José Muñoz Valencia

- Jesús Puentes Martín

En Valladolid y en los locales de la Unión General de Trabajadores (UGT), siendo las 11:00 horas del día 28 de noviembre de 2007, se reúnen las personas arriba citadas, como miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Provincial de Derivados del Cemento de Valladolid y Provincia, para dar cumplimiento al establecimiento de las Tablas Salariales del año 2007, resto de los conceptos económicos de dicho año, y Calendario Laboral del año 2008, como así especifica el art.11 del mencionado Convenio Provincial.

Se adjuntan:

a) Las Tablas Salariales del año 2007, con la aplicación del 3,40% de incremento salarial sobre las Tablas Salariales Revisadas del año 2006.

b) Calendario Laboral para el año 2008.

-El plus transporte queda establecido en 3,81 euros.

-El importe de la media dieta se establece en 18,23 euros, y el de la dieta completa en 44,64 euros.

-A cada una de las pagas extraordinarias de verano y Navidad, se les adicionará la cantidad de 20,68 euros; este importe de 20,68 euros no estará sujeto a revisión por posible desvío de I.P.C.

Los atrasos que correspondan, se abonarán dentro de los 15 días siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, pudiéndose abonar desde el momento de la firma de este Acuerdo para aquellas empresas que así lo quieran.

Sin más asuntos que tratar y siendo las 13:00 horas del día anteriormente citado, se da por finalizada la reunión del mencionado Convenio.

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En cada centro de trabajo, la empresa expondrá en lugar visible el calendario laboral pactado a nivel provincial o, en su caso el pactado en la propia empresa.

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