Última revisión
Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL de Albacete
Empresa Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 08 de Septiembre de 2014
Anuncio relativo a modificacion del anexo II del Acuerdo Marco/Convenio Colectivo del Ayuntamiento (Boletín Oficial de Albacete num. 103 de 08/09/2014)
MODIFICACIÓN DEL ANEXO II DEL VIGENTE ACUERDO MARCO/CONVENIO COLECTIVO DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE
En aplicación del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y en cumplimiento del artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se publica el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno de fecha 31 de julio de 2014, relativo a modificación del anexo II del vigente Acuerdo Marco/Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Albacete, con la incorporación del siguiente apartado:
«Guardias matinales: Al colectivo del personal de limpieza de la Casa Consistorial le será abonada la cantidad de 19,67 € por cada una de las guardias matinales que se lleven a cabo, debiendo hacerse un reparto equitativo de dichas guardias en los cuadrantes que se elaboren al efecto».
Albacete, 28 de agosto de 2014.
-La Alcaldesa, Carmen BayodGuinalio. 18.233