Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE VIZNAR de Granada
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Convenio Colectivo de Emp...de Granada

Última revisión
07/09/2018

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de AYUNTAMIENTO DE VIZNAR de Granada

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 22 de Agosto de 2018 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 14-14)

Modificacion convenio con empleados municipales: Complemento en caso de IT (Boletín Oficial de Granada num. 172 de 07/09/2018)

EDICTO

Por el presente se hace saber:

Que, mediante acuerdo adoptado en sesión extraordinaria de fecha 22 de agosto de 2018, el pleno municipal ha tenido a bien modificar el artículo 38 del AcuerdoConvenio regulador de las relaciones entre esta corporación local y sus empleados públicos, pasando el mismo a tener el siguiente contenido:

Artículo 38.- Complemento en caso de incapacidad temporal.

1. Todo el personal, funcionario o laboral, al servicio del Ayuntamiento de Víznar, incluido en el Régimen General de la Seguridad Social, disfrutará de un complemento retributivo desde el primer día en situación de incapacidad temporal o licencia por enfermedad que, sumado a la prestación del Régimen General de la Seguridad Social, alcance el cien por cien de sus retribuciones ordinarias del mes de inicio de la incapacidad temporal. 2. Cuando en el apartado anterior se hace referencia a retribuciones se incluyen en ese concepto las retribuciones básicas y las complementarias, con exclusión de las gratificaciones y el complemento de productividad o conceptos análogos.

3. En el supuesto de IT la Corporación podrá someter al trabajador a reconocimiento de otro facultativo designado por ella para que ratifique la baja médica dictada por el médico de la Seguridad Social. La negativa a someterse a dicho reconocimiento o la discrepancia en el dictamen de baja emitido producirá la pérdida del complemento económico que abona la Corporación.

4. El trabajador que prolongue voluntaria e injustificadamente el estado de su enfermedad o accidente, con independencia de cualesquier otra responsabilidad, incurrirá en responsabilidad disciplinaria .

La presente modificación surtirá efectos desde el mismo día en que ha resultado aprobada por el pleno municipal por expresa disposición al efecto.

Lo que se hace público para general conocimiento a los efectos oportunos en Víznar, 23 de agosto de 2018.El Alcalde-Presidente, fdo.: Joaquín Caballero Alfonso.

NÚMERO 4.735