Convenio Colectivo de Empresa de GRUPO DE EMPRESAS ORTIZ (90013213012001) de BOE
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Convenio Colectivo de Emp...01) de BOE

Última revisión
07/05/2014

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de GRUPO DE EMPRESAS ORTIZ (90013213012001) de BOE

Empresa Estatal. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2014

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Resolucion de 23 de abril de 2014, de la Direccion General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2014 del Convenio colectivo del Grupo Ortiz. Codigo de Convenio n.º 90013213012001. (Boletín Oficial del Estado num. 111 de 07/05/2014)

Preambulo

Visto el texto de las tablas salariales para el año 2014 del Convenio colectivo del Grupo Ortiz (código de Convenio n.º 90013213012001), que fue suscrito, con fecha 11 de marzo de 2014, de una parte, por los designados por el grupo de empresas en representación de las mismas, y, de otra, por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de abril de 2014.

El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA REUNIÓN CELEBRADA EN LA SEDE DE GRUPO ORTIZ EN MADRID POR LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO ORTIZ EN MADRID A 11 DE MARZO DE 2014

Asistentes:

Por la empresa: Don Gonzalo de la Torre Díaz, don Rafael de Alvaro García, don Javier Gómez Sánchez y don Carmen Bartolomé Alonso.

Por los representantes de los trabajadores: Don Isaac Martínez Río, don Francisco Martínez Torrevejano, doña Cristina Martín Verde, don Armando Gutiérrez Soler, don Ángel Luis Muñoz López, don Santiago Cubero Lastra, don José Avendaño Soler, don José Antonio Bayo Pascual, don Lázaro Moreno Rioja y doña Dolores Guerrero Hernández.

Se reúne la Comisión Negociadora con el objeto de:

1.º Aprobar las Tablas salariales 2014.

Revisadas las tablas salariales del personal de oficina, tablas salariales de mandos intermedios y operarios; y tablas salariales de mandos intermedios y operarios de vías férreas, se aprueban.

Se adjuntan como Anexo I (Tablas salariales personal de oficina) y Anexo II (Tablas salariales de mandos intermedios y operarios) y Anexo III (Tablas salariales de mandos intermedios y operarios de vías férreas).

Se acuerda por las partes que firmen un representante por cada uno de los sindicatos y dos representantes de la empresa, que son:

Por parte de MCA_UGT, don Isaac Martínez Río; por FECOMA-CCOO, don José Antonio Bayo Pascual, y por parte de la empresa, don Gonzalo de la Torre Díaz, facultando a este último a que presente de forma telemática el acta y sus anexos a la dirección General de Trabajo, así como a resolver cualquier incidencia sobre las mismas, a solicitud de la autoridad laboral, y su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

En este mismo acto se autoriza a don Gonzalo de la Torre Díaz a realizar todos los trámites necesarios para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», así como a proceder a cualquier subsanación que sea requerida por este organismo.

Y sin más temas que tratar se da por finalizada la reunión en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO I. Tablas económicas de Personal Técnico y de Oficina

2014

Nivel Anexo l

Nivel económico

S. Base

-

Euros

Extra salarial

-

Euros

Pagas extras

-

Euros

Bruto anual

-

Euros

1

1

5.799,12

106,50

5.830,58

82.528,54

2

2

4.970,67

106,50

5.161,54

71.249,08

2

3

4.556,46

106,50

4.856,52

65.668,61

2

4

4.142,23

106,50

4.564,93

60.114,57

3

5

3.313,45

106,50

3.670,12

48.379,67

3

6

2.899,29

106,50

2.998,86

42.067,20

3

7

2.650,52

106,50

2.775,15

38.634,53

4

8

2.484,85

106,50

2.626,00

36.348,21

4

9

2.277,77

106,50

2.402,27

33.415,80

4

10

2.070,52

106,50

2.178,54

30.481,28

5

11

1.863,46

106,50

2.118,89

27.877,27

5

12

1.739,06

106,50

2.118,89

26.384,45

6

13

1.573,42

106,50

2.118,89

24.396,82

6

14

1.493,19

106,50

1.986,04

23.168,35

7

15

1.366,27

106,50

1.820,61

21.314,49

7

16

1.324,73

106,50

1.611,79

20.398,39

7

17

1.291,13

106,50

1.653,52

20.078,62

8

18

1.241,94

106,50

1.507,38

19.196,09

8

19

1.225,38

106,50

1.507,38

18.997,28

9

20

1.200,56

106,50

1.462,64

18.610,01

9

21

1.159,05

106,50

1.432,82

18.052,28

10

22

1.117,64

106,50

1.417,90

17.525,47

10

23

1.084,67

106,50

1.413,94

17.121,95

11

24

935,20

106,50

1.319,43

15.139,25

12

25

629,84

106,50

868,22

10.572,51

13

26

1.052,21

106,50

1.146,27

16.197,01

13

27

975,96

106,50

1.074,64

15.138,81

ANEXO II. Tablas económicas de Personal de Mandos intermedios y operarios

1. Personal de obras de Construcción en General

2014

Nivel económico

Categorías

S. Base

-

Euros

Comp. Pto. Trabajo

-

Euros

Extra salarial

-

Euros

Pagas extras

-

Euros

Bruto anual

-

Euros

1

Encargado General

74,49

16,61

106,50

3.450,92

39.247,59

2

Encargado

70,33

15,35

106,50

3.226,74

36.979,43

3

Encargado

62,02

14,52

106,50

2.853,16

33.002,50

4

Encargado

59,12

8,31

106,50

2.554,27

29.854,21

5

Capataz

57,04

7,88

106,50

2.404,83

28.690,73

6

Capataz

56,23

7,48

106,50

2.255,52

28.001,27

7

Maquinistas Especialista

57,04

7,88

106,50

2.404,83

28.690,73

8

Maquinistas Especialista

56,23

7,48

106,50

2.255,52

28.001,27

9

Jefe de Equipo Instaladores

55,39

7,06

106,50

2.210,55

27.504,20

10

Jefe de Equipo Instaladores

53,73

6,65

106,50

2.105,95

26.589,29

11

Oficial Jefe de Equipo

52,90

6,23

106,50

2.105,95

26.186,61

12

Oficial Jefe de Equipo

51,24

5,81

106,50

1.956,52

25.182,04

13

Oficial 1.ª especialistas

50,42

5,81

106,50

1.941,57

24.851,80

14

Oficial 1.ª especialistas

49,56

5,40

106,50

1.896,75

24.350,59

15

Oficial 1.ª especialistas

47,91

5,00

106,50

1.836,95

23.532,75

16

Oficiales 1.ª Oficios

47,51

5,00

106,50

1.836,95

23.385,71

17

Oficiales 1.ª Oficios

47,08

4,56

106,50

1.807,07

23.064,47

18

Oficiales 1.ª Oficios

46,27

4,15

106,50

1.777,18

22.609,41

19

Oficiales 1.ª Oficios

45,35

4,15

106,50

1.747,29

22.215,46

20

Oficiales 1.ª Oficios

45,00

4,15

106,50

1.717,40

22.026,47

21

Oficiales 1.ª Oficios

44,59

4,15

106,50

1.687,52

21.819,67

22

Oficiales 1.ª Oficios

44,19

4,15

106,50

1.657,63

21.611,29

23

Oficiales 1.ª Oficios

43,77

4,15

106,50

1.657,63

21.459,81

24

OF 1.ª mant./Ay.Esp.

42,11

5,00

106,50

1.582,91

20.906,75

25

OF 1.ª mant./Ay.Esp.

41,28

4,56

106,50

1.538,08

20.408,60

26

OF. 2º mant./Ayte. Oficios

40,44

4,15

106,50

1.508,20

19.944,69

27

Ayudante Oficios

39,61

3,75

106,50

1.493,26

19.515,11

28

Ayudante Oficios

38,77

3,75

106,50

1.493,26

19.210,79

29

Ayudante Oficios

38,36

3,75

106,50

1.493,26

19.059,32

30

Peón Especializado

37,96

3,75

106,50

1.478,30

18.882,39

31

Peón

37,11

2,48

106,50

1.463,36

18.240,24

32

Aprendiz

28,82

1,66

106,50

910,43

13.909,76

ANEXO III. Tablas económicas de Personal de Mandos Intermedios y operarios

1. Personal de Construcción, mantenimiento y reparación de vías Férreas

2013

Nivel económico (*)

Categorías

S. Base

-

Euros

Comp. Pto. Trabajo

-

Euros

Extrasalarial

-

Euros

Pagas extras

-

Euros

Bruto anual

-

Euros

2/1/13

Encargado General

50,50

5,81

106,50

1.941,57

24.887,10

2/2/15

Encargado, Maquinista de Vía

47,99

5,00

106,50

1.836,95

23.564,62

2/3/27

Capataz, Soldador de Vía

39,68

3,75

106,50

1.493,26

19.545,59

2/4/29

Oficial 1.ª de Vía

38,43

3,75

106,50

1.493,26

19.088,37

2/5/30

Ayudante de Vía

37,96

3,75

106,50

1.478,30

18.885,90

2/6/31

Peón de Vía

37,11

2,48

106,50

1.463,36

18.243,75

(*) La división del nivel es la siguiente 2/se corresponde con la tabla de mandos intermedios, la siguiente (1, 2, 3, 4, 5) el nivel propio de la categoría del grupo y la tercera posición (13, 14, 27, 30, 31) es la equiparación del nivel con las otras actividades del grupo que están contempladas en el sector de la construcción.