Última revisión
Calendario. Convenio Colectivo de Empresa de HEIMBACH IBERICA, S.A. (09001342012006) de Burgos
Empresa Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2015
Resolucion de fecha 13 de enero de 2015 del Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo de Burgos, por la que se dispone la inscripcion y publicacion del calendario laboral de la empresa Heimbach Iberica, S.A. para el año 2015. (C.C. 09001342012006). (Boletín Oficial de Burgos num. 19 de 29/01/2015)
Visto el acuerdo de fecha 23 de diciembre de 2014, suscrito de una parte, por el Comité de Empresa, y de otra, por la Directora de Recursos Humanos en representación de la compañía, en el que se aprueba el calendario laboral para el año 2015 de Heimbach Ibérica, S.A., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, R.D. 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo (BOE de 12/06/2010), R.D. 831/95, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de Trabajo y Orden de 21 de noviembre de 1996 (BOCyL de 22/11/1996) de las Consejerías de Presidencia y Administración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo, por la que se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo.
Esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:
Primero. - Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de este Organismo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. - Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.
Burgos, 13 de enero de 2015.
El Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, Antonio Corbí Echevarrieta
* * *
ACUERDO CALENDARIO LABORAL. AÑO 2015
Concertado por la Comisión Negociadora de Heimbach Ibérica conforme a lo establecido en el Título III del Real Decreto Legislativo 1/1995, con eficacia de Convenio Colectivo a todos los efectos.
Días hábiles |
Días sin puentes |
Días de puente |
Días en verde |
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Enero |
20 |
18 |
2 y 5 |
30 |
Febrero |
20 |
20 |
13, 16 y 27 |
|
Marzo |
22 |
22 |
6, 30 y 31 |
|
Abril |
19 |
18 |
24 |
1 |
Mayo |
20 |
20 |
4, 15 y 29 |
|
Junio |
20 |
20 |
30 |
|
Julio |
23 |
23 |
||
Agosto |
21 |
21 |
||
Septiembre |
22 |
22 |
18 |
|
Octubre |
21 |
21 |
9 y 30 |
|
Noviembre |
20 |
20 |
20 |
|
Diciembre |
20 |
14 |
23, 24, 28, 29, 30 y 31 |
|
Total |
248 |
239 |
9 |
16 |
Vacaciones: -21.
Días de libre disposición: -2.
Hábiles: 248 días.
Laborables: 216 días.
Turnos de vacaciones:
1. er turno: 17 de julio al 16 de agosto a.i.
2.º turno: 1 de agosto al 31 de agosto a.i.
La fecha límite para entregar la hoja de solicitud del periodo de vacaciones se fija el día 22 de abril de 2015, dándose prioridad a las entregadas dentro del plazo establecido.
La empresa se compromete a distribuir al personal en los citados turnos de vacaciones y notificarlo al interesado antes del día 14 de mayo.
Los días en verde van sin valor de compromiso mientras no se finalice la negociación del ERE de suspensión.
El personal designado para trabajar durante el periodo de cierre, que deberá de estar nombrado antes del 31 de marzo, tendrá la misma compensación que la pactada para el año 1999.
Para los días generados por noches deberá solicitarse al menos uno de ellos antes del 30 de junio.
Todo lo cual se suscribe en Burgos, siendo el 23 de diciembre de 2014, en prueba de conformidad por las partes, que asimismo acuerdan registrarlo debidamente, designando expresamente para ello a D.ª M.ª J. Gallego Herrera, con D.N.I. 13.117.955C quien a su vez se compromete a facilitar al Comité de Empresa cuantos localizadores informáticos puedan generarse con cada uno de los trámites realizados.
Por la empresa
(ilegible)
Por los trabajadores
(ilegible)