Convenio Colectivo de Empresa de MOVEMENT BARCELONA 2005, S.L. (08016692012011) de Barcelona
Convenios
Convenio Colectivo de Emp... Barcelona

Última revisión
29/06/2015

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de MOVEMENT BARCELONA 2005, S.L. (08016692012011) de Barcelona

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2015 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 17-18)

Acord de modificacio del conveni col lectiu de treball de l empresa Movement Barcelona 2005, SL. (codi de conveni num. 08016692012011) (Boletín Oficial de Barcelona num. 122 de 29/06/2015)

ÿADMINISTRACIÓ AUTONÒMICA

Generalitat de Catalunya. Departament d'Empresa i Ocupació. Serveis Territorials

RESOLUCIÓ de 19 de maig de 2015, per la qual es disposa la inscripció i la publicació de l'Acord de la Comissió Negociadora de modificació del Conveni col·lectiu de treball de l'empresa Movement Barcelona 2005, SL (codi de conveni núm. 08016692012011)

Vist el text de l'Acord de la Comissió Negociadora de modificació del Conveni col·lectiu de treball de l'empresa Movement Barcelona 2005, SL, subscrit pels representants de l'empresa i pels dels seus treballadors el dia 30 de desembre de 2014, i de conformitat amb el que disposen l'article 90.2 i 3 del Reial decret legislatiu 1/1995, de 24 de març, pel qual s'aprova el Text refós de la Llei de l'Estatut dels treballadors; l'article 2.1.a) del Reial decret 713/2010, de 28 de maig, sobre registre i dipòsit de convenis i acords col·lectius de treball; el Decret 63/2015, de 28 d'abril, de reestructuració del Departament d'Empresa i Ocupació, i altres normes d'aplicació,

Resolc:

-1 Disposar la inscripció de l'Acord de la Comissió Negociadora de modificació del Conveni col·lectiu de treball de l'empresa Movement Barcelona 2005, SL, (codi de conveni núm. 08016692012011) al Registre de convenis i acords col·lectius de treball en funcionament amb mitjans electrònics dels Serveis Territorials del Departament d'Empresa i Ocupació a Barcelona.

-2 Disposar que el text esmentat es publiqui al Butlletí Oficial de la Província de Barcelona.

Transcripción literal del texto firmado por las partes.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA MOVEMENT BARCELONA 2005, SL.

Asistentes.

Representación empresarial:

Andrés Manzano Santaella.

Comité de Empresa:

Bárbara Alvés de Ascó. Josep Caballé Martín. Manuel Moreno Ostos. Fernando Daniel Blanco. Mariano Enrique Venencia. Naím Aabid Zoubari. Enrique García González. Alberto Nguema Angue.

Preámbulo:

Las partes aquí reunidas, en Barcelona, el 30 de diciembre de 2014, establecen la necesidad de actualizar el Convenio colectivo de empresa debido a los cambios contextuales producidos y las experiencias vividas en la vigencia del mismo.

Con este fin,

SE ACUERDA:

La firma del presente documento de actualización de Convenio con las siguientes modificaciones que surtirán efecto desde el día 1 de enero 2015 y que será vigente hasta el 31 de diciembre de 2015:

'CAPÍTULO VI. Retribuciones.

Artículo 26. Incremento Salarial y plus calidad (antes transporte).

1. Los siguientes baremos salariales son aplicables para todo el personal del Proyecto Bicing, es decir, aquel personal vinculado a la contrata con Clear Channel España. La aplicación de estos bonus o premios queda condicionado en su consecución a los resultados de auditorías BSM-Doymo, relacionadas directamente con la medición de la calidad del servicio y en referencia al parámetro 'Bicis en bon estat', así mismo al reconocimiento de la retribución por parte de Clear Channel España y a que éstos aporten los resultados oficiales de dichas auditorías.

Se detalla a continuación los baremos en la medición y se ha de tener en cuenta que las auditorías se realizarán de forma mensual, el pago, cuando corresponda en función de los resultados, se realizará de forma trimestral. Así en la nómina de abril 2015, se abonarán las cantidades que correspondan a las nóminas de enero, febrero y marzo de 2015. En la nómina de julio 2015, las cantidades que correspondan a los meses de abril, mayo y junio 2015. En la nómina de octubre 2015, las cantidades que correspondan de los meses julio, agosto y septiembre 2015. En enero de 2016, se abonarán las cantidades que correspondan de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2015. Solo se devengarán dichos pagos para los trabajadores que se hallen en plantilla de alta en el proyecto Bicing el último día de cada trimestre, por lo que no tendrán derecho al cobro aquellos que hayan causado baja durante el trimestre sea cuales fuera la causa.

Cualquier penalización sufrida por causa de falta de calidad imputable a Movement y que suponga un coste económico para la empresa, podrá ser descontado en el importe de cualquier premio o bonus conseguido en los siguientes trimestres hasta el límite del importe penalizado.

Será necesario que las auditorías BSM-Doymo reflejen en el parámetro 'Bicis en Bon Estat' un porcentaje del 92%, alcanzado este porcentaje, toda la plantilla percibirá una retribución, en bruto y en concepto plus calidad, que se detalla en el cuadro que a continuación se expone. A partir del 92% cada punto porcentual por encima de éste, contemplará nuevos importes de pago para toda la plantilla. No se podrá estar por debajo de la media del 92% en el cómputo del trimestre, en caso de estarlo se pierde el derecho a la retribución. En caso de que un trimestre, siempre y cuando, la media sea del 92% y alguno de los meses no se haya llegado al 92%, el derecho a la retribución se mantiene sólo en aquellos meses en los que se haya conseguido el 92%.

El plus calidad que se perciba, siempre que corresponda, supondrá un 2% del salario de cada trabajador de forma mensual, incrementándose la cantidad si se supera el 92% tal como recoge la siguiente tabla:

Porcentajes auditorías de DOYMO 92% 93% 94% 95% 96% 97%

Toda la plantilla Bicing 2% 0,1% 0,1% 0,1% 0,1% 0,1%'

Y para que así conste se firma en el lugar y fecha indicados el presente acuerdo, entrando en vigor desde su firma y pendiente de su publicación.

Barcelona, 19 de maig de 2015 La cap del Servei de Coordinació dels Serveis Territorials (per suplència del director, Resolució del secretari general de 6 de juliol de 2011), Esther Brull Hevia