Convenio Colectivo de Empresa de NEURON BIOPHARMA, S.A. (18100042012011) de Granada
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Convenio Colectivo de Emp...de Granada

Última revisión
09/10/2015

Revision , Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Empresa de NEURON BIOPHARMA, S.A. (18100042012011) de Granada

Empresa Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2015 en adelante

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Documento oficial en PDF(Páginas 135-135)

Resolucion de 25 de septiembre de 2015, de la Delegacion Territorial de Granada de la Consejeria de Innovacion, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucia por la que se acuerda el registro, deposito y publicacion del Acuerdo de la Comision Negociadora, sobre Modificacion de los articulos 4 y 33 del I Convenio Colectivo de la empresa NEURON BIOPHARMA, S.A. (codigo de convenio nº 1810002012011) (Boletín Oficial de Granada num. 195 de 09/10/2015)

ACUERDA:

Primero.- Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el mencionado Registro de esta Delegación Territorial.

Segundo.- Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Delegado Territorial, Juan José Martín Arcos

ACTA DE FIRMA DE MODIFICACION DEL CONVENIO DE EMPRESA DE NEURON BIO S.A.

En Granada, a 31 de diciembre de 2014, en la sede de NEURON BIO S.A. (PTS Avda. Innovación 1, Edif. BIC 18016 Granada, se reúnen las personas que se relacionan a continuación y que constituyen e integran la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de Neuron Bio S.A.:

* NEURON BIO S.A., representada por Javier Santos Burgos Muñoz.

* Organo de representación de los trabajadores de NEURON BIO S.A., representado por Mónica Pérez Garrido.

La comisión Negociadora del convenio han alcanzado los siguientes acuerdos:

1º. Aprobar la prórroga para el año 2015 del texto del I Convenio Colectivo de Neuron Bio S.A. (código convenio: 18100042012011), publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de 9 de noviembre de 2011, con excepción del artículo 33 que se modifica parcialmente:

- Artículo 33. Revisión salarial

Debido a la difícil situación económica y de tesorería que está atravesando la empresa se acuerda para el año 2015 la congelación salarial. La recuperación del IPC real del año 2015 será cuando mejore la situación de tesorería de la empresa o durante el mes de enero del año 2016.

La redacción de este artículo quedará:

1. Se acuerda para el año 2015 congelación salarial.

2. La recuperación del IPC real del año 2015 será cuando mejore la situación de la empresa o durante el mes de enero del año 2016.

3. Sólo se procederá a la revisión salarial anual si el IPC de referencia del año anterior resulta en un incremento positivo.

4. El incremento salarial que en su caso resulte, se abonará a comienzos de cada año natural, en la primera nómina después de publicarse por el Instituto Nacional de Estadística el IPC del año anterior a excepción del año 2015.

2º. Adaptar, como consecuencia de la prórroga acordada al artículo 4 del convenio colectivo, estableciendo su vigencia desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre 2015.

3º. Remitir los precitados acuerdos a la Autoridad Laboral a efectos de su registro y posterior publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Granada.

A los efectos del artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, la Comisión Negociadora apodera y mandata expresamente a D. Fernando Valdivieso Amate (Representante Legal de Neuron Bio S.A.), para realizar todos los trámites necesarios para la inscripción y publicación de los acuerdos adoptados.

4º. Dar por concluidas las negociaciones con la firma de la presente Acta, suscrita por los representantes de la empresa y trabajadores.

Fdo.: Javier Santos Burgos Muñoz, D.N.I.: 33.410.382-F

Fdo.: Mónica Pérez Garrido, D.N.I.: 74.649.492-W