Convenio Colectivo de Empresa de RESIDENCIA ZORROAGA (20002092012001) de Gipuzkoa
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Convenio Colectivo de Emp...e Gipuzkoa

Última revisión
09/10/2014

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de RESIDENCIA ZORROAGA (20002092012001) de Gipuzkoa

Empresa Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2013

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Documento oficial en PDF(Páginas 66-67)

RESOLUCION del Delegado Territorial de Trabajo, Empleo y Politicas Sociales, por la que se dispone el registro, publicacion y deposito del Acuerdo de revision salarial prevista en el convenio de la Fundacion Zorroaga para los años 2013-2014 (codigo 20002092012001). (Boletín Oficial de Gipuzkoa num. 192 de 09/10/2014)

ANTECEDENTES

 
Único.

El día 30 de mayo de 2014 la comisión negociadora del convenio colectivo de la Fundación Zorroaga ha presentado en esta delegación la revisión salarial para 2013-2014, prevista en el art. 41.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 
Primero.

La competencia prevista en el art. 90.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el art. 19.1.g del Decreto 191/2013, de 9 de abril (Boletín Oficial del País Vasco de 24-04-2013) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (Boletín Oficial del País Vasco de 15-2-2011) y con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 12-6-2010) sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos.

Segundo.

La revisión salarial ha sido suscrita de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud,

RESUELVO

 
Primero.

Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, con notificación a las partes.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.

San Sebastián, a 25 de setiembre de 2014.- El delegado territgorial, Ramón Ler­txundi Aranguena. (8879)

ACUERDO DE APLICACIÓN DE LA SUBIDA SALARIAL CORRESPONDIENTE A LOS AÑOS 2013-2014

El artículo 41 del convenio laboral en vigor establece el modo en que se aplicarán las subidas salariales correspondientes a los años 2013 y 2014. En este sentido, se indica que -durante los demás años de vigencia del presente convenio colectivo los diferentes conceptos retributivos del presente convenio tendrán el incremento equivalente al índice resultante de la media ponderada de las tarifas de concertación o contratación de la Fundación Zorroaga con las Administraciones Públicas en el año correspondiente».

Una vez de que los nuevos precios de concertación de plazas se han dado a conocer se realizaran los incrementos salariales correspondientes en el conjunto de conceptos salariales existentes. Para el año 2013 el incremento será del 1,252% y para el 2014 del 0,633%.