Convenio Colectivo de Empresa de SAINT GOBAIN LA GRANJA, S.L. (DELEGACIONES COMERCIALES MADRID Y BARCELONA) (90012502012000) de BOE
Tiempo de lectura: 6 min
RESOLUCION de 9 de abril de 2002, dela Direccion General de Trabajo, por la que se dispone la inscripcion en el Regis-tro y publicacion de la revision salarial del Convenio Colectivo de la empresa « Saint-Gobain La Granja, Sociedad Limitada » . (Boletín Oficial del Estado num. 104 de 01/05/2002)
Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo. Disponer su publicación en el « Boletín Oficial del Estado » . Madrid, 9 de abril de 2002. La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
ACTA REVISIÓN CONVENIO 2002
Representación de la Dirección: Don A. Manuel Martínez Valderrama. Representación de los trabajadores: Doña María Carmen Pérez Vicente.
En Madrid a 18 de febrero de 2002, se reúnen los señores que se citan anteriormente como miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de « Saint- Gobain La Granja, Sociedad Limitada » , para sus centros de trabajo en Madrid y Barcelona, para tratar del siguiente orden del día:
Revisión 2002. Ambas representaciones acuerdan: Primero. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 49, punto 2.1, procede efectuar la revisión de las retribuciones que serán aplicables durante el año 2002, aplicando un incremento del 2 por 100 ( IPC previsto para el 2002) a las retribuciones actualizadas del año 2001.
Segundo. Se adjuntan las tablas salariales y demás conceptos retri- butivos aplicables durante el año 2002.
Tercero. Se acuerda remitir copia de la citada revisión a la autoridad laboral, a los efectos oportunos.
CONVENIO COLECTIVO « SAINT- GOBAIN LA GRANJA, S. L. » ( DELEGACIONES COMERCIALES MADRID Y BARCELONA)
Condiciones económicas, vigencia 1 de enero al 31 de diciembre de 2002
SECCIÓN 3. a FORMACIÓN
Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI
(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
Artículo 36. Plus personal.
Se incrementa en un 2 por 100 sobre los valores revisados de 2001. Artículo 37. Complemento personal origen.
Se incrementa en un 2 por 100 sobre los valores revisados de 2001. SECCIÓN 3. a COMPLEMENTOS DE CALIDAD O CANTIDAD Artículo 38. Prima global por objetivos ( PGO) .
V. p. = 19,13 K + 36,19 Artículo 39. Horas extraordinarias.
Los valores de las horas extraordinarias serán los que figuran a continuación:
Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI
(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
SECCIÓN4.a COMPLEMENTOS DE VENCIMIENTO PERIÓDICO .
Artículo 41. Complemento personal anual.
El mínimo queda fijado en 334,90 euros. CAPÍTULO VI
Ventajas sociales
Artículo 3 ( VS) . Nupcialidad y natalidad.
1. Nupcialidad: Se concederá un importe de 239,58 euros. 2. Natalidad: Se concederá un importe de 169,38 euros por cada hijo nacido.
Artículo 4 ( VS) . Deficientes psíquicos y físicos.
Los importes de estasa yudas serán:
Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI
(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
Artículo5 ( VS). Segurodevida.
4. Capital asegurado: Euros
Euros Escalones: A . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.049,19 B . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.791,44 C, D, E, F . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.551,72
G, H, I, J . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.936,36 K, L, M . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9.069,27 N, O, P . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.568,80
Artículo 8 ( VS) . Ayudas de estudios para hijos de trabajadores.
5. o ) Importe de las ayudas de estudios.
Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI
(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
ANEXOI
« Saint- Gobain La Granja »
Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI
(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)
Personal: Empleado. Centros: Delegaciones comerciales de Madrid y Barcelona. Vigente desde el 1 de enero de 2002 al 31 de diciembre de 2002.
Tabla de antigüedad ( catorce meses)
Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI
(Para poder leer los documentos es necesario el lector Adobe Acrobat)