Convenio Colectivo de Empresa de THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L. (90005892011988) de BOE
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Convenio Colectivo de Emp...88) de BOE

Última revisión
20/04/2011

Revision. Convenio Colectivo de Empresa de THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L. (90005892011988) de BOE

Empresa Estatal. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2011

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Resolucion de 30 de marzo de 2011, de la Direccion General de Trabajo, por la que se registra y publica la revision salarial del Convenio colectivo de Thyssenkrupp Elevadores, SL para Madrid y Valencia. Codigo de Convenio n.º 90005892011988. (Boletín Oficial del Estado num. 94 de 20/04/2011)

Preambulo

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio colectivo de la empresa Thyssenkrupp Elevadores, S.L. para Madrid y Valencia (publicado en el «BOE» de 5 de febrero de 2010), (código de Convenio n.º 90005892011988), que fue suscrito con fecha 22 de febrero de 2011, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 30 de marzo de 2011.

El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE REVISIÓN DEL CONVENIO DE THYSSENKRUPP ELEVADORES, S. L., PARA MADRID Y VALENCIA, APLICABLE PARA EL AÑO 2011

En Madrid, a 22 de febrero de 2011, reunidos,

De una parte, en representación de la Empresa:

Don Juan Ángel Lozano García.

Don Javier Rodrigo Hernández.

Y de otra, El Comité Intercentros, en representación de los trabajadores:

Don Francisco Jiménez Casado.

Don Francisco Lourido de la Rosa.

Don Juan Montero Martínez.

Don Rafael Marciel Blanco.

Don Ángel Rodriguez.

Don Vicente J. Lorente Ramón.

Don José Úbeda Álvarez.

Don Esther Campos Gómez.

Don Aurelio M. Bautista González.

Acuerdan proceder a la revisión del Convenio colectivo suscrito por ambas partes, para los años 2009-2010 y 2011, de acuerdo con los términos previstos en el mismo y con arreglo a los siguientes puntos:

1. Revisión salarial 2011.

-Las tablas salariales para 2011, se confeccionarán con el incremento del 1% sobre las tablas confeccionadas del año 2010, garantizando como mínimo el IPC real del año, en caso de superar el 1%. (Se adjuntan tablas salariales de los centros de Madrid y Valencia.)

2. Vacaciones anuales delegación:

Madrid.-Las cantidades reflejadas en los puntos 7.5 y 7.7 del artículo 7, pasarán a 91,16 euros respectivamente para cada uno de ellos.

Valencia.-Asimismo, la cantidad establecida en el artículo 8.º, punto 8.2 (último párrafo), será de 248,31 euros año.

3. Primas e incentivos (Madrid-Valencia).-Se adjuntan tablas.

4. Complemento pagas extraordinarias (solamente operarios).

Madrid: 181,97 euros (junio y diciembre).

Valencia: 79,47 euros (junio y diciembre).

5. Gratificación beneficios.-Según lo previsto en el artículo 20 del Convenio colectivo, el porcentaje a repartir será el 6,5 % sobre los beneficios netos.

6. Pluses de turnicidad, nocturnidad y relevo:

Madrid:

Turno de tarde: 10,97 euros.

Turno de noche: 28,30 euros.

Turno de relevo: 11,26 euros.

Valencia:

Turno de noche

(Personal P.V.):

35,56 euros.

7. Pluses tóxico, penoso o peligroso.-Se adjuntan tablas.

8. Primas de asistencia y puntualidad (Madrid y Valencia).-Esta cantidad pasará a 19,73 euros/mes (11 meses).

9. Plus distancia (Valencia).-Se abonará a razón de 0,31 euros/km.

10. Jornadas especiales:

Madrid:

Jornada laboral sábados: 38,47 euros.

Horario 24 h (noches de 22,00 h.a): 4.789,49 euros año.

Horario CC 24 H, mañanas tardes: 2.747,56 euros año.

Horario CC24 H, tardes noches: 4.903,35 euros año.

Jornada domingos y festivos: 57,71 euros día (por cada uno de ellos).

Jornada festivos especiales: 76,94 euros día (por cada uno de ellos)

Valencia:

Jornada laboral de sábados: 55,17 euros día (por cada uno de ellos).

11. Ayuda vehículo:

Madrid: 178,02 euros más gasolina.

Valencia: 178,03 euros más la cantidad de 105,79 euros en concepto de gasolina (178,03 euros + 105,79 euros) = 283,82 euros.

12. Complemento personal «b» (Madrid y Valencia).-Se abonará en el concepto de complemento personal a razón de 53,90 euros mes, por 14 pagas.

13. Pequeños materiales (Madrid y Valencia).-El personal que utilice para la Empresa el vehículo propio, percibirá la cantidad de 33,99 euros por el transporte de pequeños materiales.

14. Fondo Social:

Fondo Social (Madrid y Valencia) 2011

Madrid - Euros

Valencia - Euros

a) Ayuda por hijos/as disminuidos.......... .

9.000,00

b) Ayuda de estudios.............. ...

15.938,32

c)-Comité.....................

10.139,78

Totales.....................

35.078

11.233

15. Subvención comida:

Días laborables:

Madrid: 9,02 euros.

Valencia: 7,29 euros.

Sábados, domingos y festivos:

Madrid: 16,36 euros.

Valencia: 13,75 euros.

16. Dietas.-De acuerdo con lo pactado en el Convenio, las dietas quedarán como a continuación se indican:

Año 2009 - Euros

Año 2010 - Euros

Año 2011 - Euros

Desayuno..................

2,64

2,80

2,90

Comida...................

13,42

13,50

14,00

Cena....................

12,80

13,40

13,70

Hotel....................

*

*

*

Varios....................

3,24

3,50

3,75

Total...................

32,10

33,20

34,35

* La dieta completa será de 95,69 euros.

Extranjero:

Más de 30 días:

Desayuno, comida y cena: 66,65 euros.

Varios x día de desplazamiento: 3,82 euros.

Menos de 30 días:

Desayuno, comida y cena: 32,10 euros.

Varios x día de desplazamiento: 33,82 euros.

17. Seguro de vida:

a. Supuesto: 15.866 euros.

b. Supuesto: 27.767 euros.

c. Supuesto: 31.732 euros.

18. Accidente o enfermedad profesional y enfermedad común:

Menos de 55 años: 9.500 euros.

Más de 55 años: 7.150 euros.

19. Kilómetros.-El valor km que se pagará en el año 2011, será de 0,39 euros/km.

Fdo.: El Comité

Fdo.: La Dirección

TABLAS Y ANEXOS

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