Convenio Colectivo de Sector de ESTACIONES DE SERVICIO (80000185011992) de Comunidad Valenciana
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Convenio Colectivo de Sec...Valenciana

Última revisión
19/04/2016

Revision. Convenio Colectivo de Sector de ESTACIONES DE SERVICIO (80000185011992) de Comunidad Valenciana

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2016

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RESOLUCION de 21 de marzo de 2016, de la Subdireccion General de Relaciones Laborales, por la que se dispone el registro y publicacion del Acuerdo de Revision Salarial para el año 2016 en el Convenio colectivo de estaciones de servicio de la Comunidad Valenciana (cod.: 80000185011992). (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana num. 7763 de 19/04/2016)

Visto el texto del Acta del Acuerdo de Revisión Salarial para el año 2016 en el Convenio colectivo de estaciones de servicio de la Comunidad Valenciana, suscrito por la comisión negociadora, estando integrada la misma, de parte empresarial, por representantes de la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio de la Comunidad Valenciana, y de parte de los trabajadores, por representantes de los sindicatos Federación de Industria de CC.OO. y FITAG-UGT, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el artículo 3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, de acuerdo a lo establecido en el art.. 51.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, en el Decreto 157/2015, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo y en el art. 4.3 de la Orden 37/2010, resuelve:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto del Acuerdo.

Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 21 de marzo de 2016.- El subdirector general de Relaciones Laborales: Juan Ignacio Soler Tormo.

Acta de la comisión negociadora del Convenio colectivo de

Estaciones de Servicio de la Comunidad Valenciana

En Valencia, siendo las 17.30 horas del día 25 de febrero de dos mil dieciséis, en los locales de la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio, sitos en la calle Gascó Oliag núm. 6, se reúnen las personas que a continuación se relacionan, en su calidad de representantes de la parte social y empresarial, al objeto de proceder a la aprobación de las tablas salariales para el 2016 del Convenio colectivo de estaciones de servicio de la Comunidad Valenciana:

En representación de la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio:

Juan José R. Aymerich Berlenguer Francisco Fenollosa Lucia. Miguel Ferrer Salvá Emilio Córcoles Córcoles Venerio Prieto Guardiola Vicenç Forés Aparici Gabriel Ruiz Server

En representación de la Federación FITAG-UGT: Eleuterio Fernández Lozano Roberto Mora Delgado Almudena Cortés Díaz Francisco Simó Guerrero Trini Sancho Greser Ramón Francisco Morales Duato En representación de la Federación Industria CCOO: José Valero Riquelme Asunción Varo Bernabeu M.ª Pilar Ruiz Alcina Carmen Pérez Contelles Felisa Gabaldón Ruiz Vicente Rodríguez Jara

Abierto el acto, se inician los debates con intervención de los representantes de ambas partes, que hacen constar expresamente que no desean que se trascriban a la presente acta el tenor literal de sus intervenciones.

Tras una serie de propuestas y contrapropuestas, las partes intervinientes en la presente negociación llegan a los siguientes

ACUERDOS

Primero. Salarios. Año 2016. Incremento salarial De conformidad a lo establecido en el apartado 3 del artículo 24 del convenio colectivo, y tras las propuestas y contrapropuestas efectuadas, se acuerda la aplicación del incremento salarial del 1 % para el año 2016, sobre la tabla salarial vigente en el año 2015, así como de los conceptos contemplados en los artículos 26, 27, 28, 29 y 39 del convenio.

Segundo Se adjunta a la presente acta el anexo I con la tabla salarial para el año 2016, así como el importe de los conceptos regulados en los artículos 26, 27, 28, 29 y 39 del convenio colectivo una vez incrementados con el 1,00 %.

Tercero Se aprueba que los atrasos resultantes de la aplicación de la tabla salarial desde enero de 2016 se abonarán por las empresas durante el mes siguiente a la publicación del presente acuerdo en el DOGV.

Cuarto Por la comisión se faculta a Gabriel Ruiz Server para que efectúe los trámites necesarios para la presentación telemática ante el organismo competente, con el fin de que se proceda a su registro y publicación en el DOCV.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Se procede a la lectura de la presente acta, que se somete a aprobación y lo es por unanimidad, firmando todos los componentes de la comisión negociadora, en prueba de conformidad con lo expuesto, en el lugar y fecha en el encabezamiento indicados.

Por la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio: Juan José R. Aymerich Berlenguer Francisco Fenollosa Lucia. Miguel Ferrer Salvá Emilio Córcoles Córcoles Venerio Prieto Guardiola Vicenç Forés Aparici Gabriel Ruiz Server

Por la Federación FITAG-UGT: Eleuterio Fernández Lozano Roberto Mora Delgado Almudena Cortés Díaz Francisco Simó Guerrero Trini Sancho Greser Ramón Francisco Morales Duato

Por la Federación Industria CCOO: José Valero Riquelme Asunción Varo Bernabeu M.ª Pilar Ruiz Alcina Carmen Pérez Contelles Felisa Gabaldón Ruiz Vicente Rodríguez Jara

ANEXO I Tabla salarial para el periodo comprendido entre 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2016, del Convenio colectivo de estaciones de servicio de la Comunidad Valenciana, con vigencia 2014-2016.

GRUPO I - Personal técnico y administrativo

Subgrupo 1. Personal técnico

Técnico titulado 1.286,10

Subgrupo 2. Personal administrativo

Jefe administrativo 1.176,21

Oficial administrativo 1.ª 1.114,39

Oficial administrativo 2.ª 1.051,25

Auxiliar administrativo 1.018,28

Aspirante administrativo 797,66

GRUPO II - Personal operario

Subgrupo 1. Personal operario especialista

Encargado general 1.286,10

Encargado de turno 37,15

Mecánico especialista 33,36

Expendedor/vendedor 32,81

Engrasador 32,81

Montador de neumáticos 32,81

Lavador 32,81

Conductor 32,81

Subgrupo 2. Personal Operario no especialista

Mozo de ES.SS. 32,61

Pinche 28,70

Aprendiz 28,70

Subgrupo 3. Personal subalterno

Guarda 32,61

Personal limpieza 31,64

Almacenero 32,61

Cobrador 33,94

Ordenanza 32,04

Botones 28,70

Nocturnidad, art. 26 9,80

Complemento expendedor, art. 27 569,40

Plus festivos, art. 28 5,85

Plus de distancia, art. 29 0,11

Dietas y desplazamientos, art. 39

Media dieta 12,53

Dieta completa 25,08

Kilometraje 0,22