Convenio Colectivo de Sector de GUINDASTRES MOBILES AUTOPROPULSADOS DE GALICIA (...45012008) de Galicia
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Convenio Colectivo de Sec...de Galicia

Última revisión
10/11/2020

Revision. Convenio Colectivo de Sector de GUINDASTRES MOBILES AUTOPROPULSADOS DE GALICIA (82000945012008) de Galicia

Sector Autonómico. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2020 en adelante

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RESOLUCION de 14 de octubre de 2020, de la Direccion General de Relaciones Laborales, por la que se dispone la inscripcion en el registro y la publicacion en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo por el que se actualizan las tablas salariales del convenio colectivo de gruas moviles autopropulsadas de Galicia. (Diario Oficial de Galicia num. 227 de 10/11/2020)

Visto el texto del acuerdo por el que se actualizan las tablas salariales del convenio colectivo de grúas móviles autopropulsadas de Galicia (82000945012008), suscrito entre la representación empresarial AERGA y los representantes de las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Relaciones Laborales

RESUELVE:

Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia (Regcon), creado mediante Orden de 29 de octubre de 2010.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de octubre de 2020

Elena Mancha Montero de Espinosa

Directora general de Relaciones Laborales

ANEXO

Acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de grúas móviles

autopropulsadas de Galicia

En Santiago de Compostela a 29 de julio de 2020, a las 12.00 horas, se reúnen las personas que a continuación se mencionan, que forman la comisión paritaria del convenio colectivo de grúas móviles autopropulsadas de Galicia.

Parte sindical:

Pedro Beade Roel (CC.OO.).

Miguel Ángel Reboiras Casais (UGT).

Martín Martínez Figueiro (UGT).

Parte empresarial:

José Jesús Fernández Costa.

Saturnino Valderrábano Mayo.

Miguel Galego Castro.

José Carlos García Cumplido.

Se reúne la comisión paritaria al efecto de actualizar las tablas salariales del convenio colectivo de grúas autopropulsadas de Galicia del año 2020. Después de las oportunas deliberaciones y debate sobre la cuestión objeto de la reunión, esta comisión paritaria acuerda:

Primero. Las tablas salariales del año 2020 se actualizarán según lo previsto en el convenio colectivo de aplicación al sector, con un incremento de 0,8 %, que se corresponde con incremento del IPC real del año 2019. El incremento tendrá efectos a partir del 1.1.2020. Dichas tablas, debidamente actualizadas, se adjuntan como anexo a la presente acta.

Segundo. Delegar en el funcionario del Consejo Gallego de Relaciones Laborales, Ignacio Bouza Gil, la realización de los trámites necesarios para proceder al registro, depósito y publicación del presente acuerdo ante la autoridad laboral competente.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión a las 12.15 horas y las partes firman la presente acta en prueba de conformidad.

Convenio de grúas móviles autopropulsadas de Galicia

Tablas salariales (IPC 0,8 %)

2020

Personal de producción:

Salario base:

Personal conductor de grúa móvil provisto de carné A

Hasta 50 t

1.314,69 €

De 51 t a 130 t

1.372,44 €

Personal conductor de grúa móvil provisto de carné B

De 131 t a 500 t

1.518,52 €

De más de 500 t

1.664,60 €

Personal conductor operador de grúa articulada

1.314,69 €

Personal ayudante

1.183,34 €

Personal conductor

1.408,11 €

Personal mecánico oficial 2ª

1.183,34 €

Personal mecánico oficial 1ª

1.183,34 €

Personal jefe de taller

1.585,33 €

Personal ayudante

1.131,96 €

Ordenanza

1.123,73 €

Personal de limpieza

1.123,73 €

Complemento de puesto de trabajo:

Personal conductor de grúa móvil provisto de carné A

Hasta 50 t

157,40 €

De 51 t a 130 t

212,89 €

Personal conductor de grúa móvil provisto de carné B

De 131 t a 500 t

293,29 €

De más de 500 t

458,61 €

Personal conductor de grúa articulado (sobre camión)

157,40 €

Complemento de puesto de trabajo:

Personal mecánico oficial 2ª

177,50 €

Personal mecánico oficial 1ª

236,67 €

Personal técnico y de administración

Personal titulado de grado superior

1.454,28 €

Personal titulado de grado medio

1.263,81 €

Personal jefe de administración

1.296,18 €

Personal oficial administrativo

1.193,67 €

Personal auxiliar administrativo

1.113,42 €

Personal comercial

1.193,67 €

Personal telefonista

1.102,33 €

Importe de las dietas

En Galicia:

Comida

10,58 €

Cena

10,58 €

Pernocta (incluido desayuno)

26,44 €

Resto de España y Portugal:

Comida

12,69 €

Cena

12,69 €

Pernocta (incluido desayuno)

31,73 €