Convenio Colectivo de Sector de HOSTELERIA (06000295011981) de Badajoz
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Convenio Colectivo de Sec...de Badajoz

Última revisión
04/04/2019

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de HOSTELERIA (06000295011981) de Badajoz

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Febrero de 2019

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Documento oficial en PDF(Páginas 23-26)

Resolucion de 15 de marzo de 2019, de la Direccion General de Trabajo, por la que se ordena la inscripcion en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autonoma de Extremadura y se dispone la publicacion del Acta de fecha 1 de febrero de 2019, en la que se acuerda la modificacion del articulo 43 del Convenio Colectivo Hosteleria de la provincia de Badajoz . Codigo de convenio 06000295011981 (Diario Oficial de Extremadura num. 66 de 04/04/2019)

Visto el texto del Acta de 1 febrero de 2019, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de sector 'Hostelería de la provincia de Badajoz' --código de convenio 06000295011981--, publicado en el DOE n.º 135, de 14 de julio de 2016, en la que se acuerda la modificación del artículo 43 del Convenio Colectivo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 183/2018 de 13 de noviembre, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero. Ordenar la inscripción de la citado acta en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 15 de marzo de 2019.

La Directora General de Trabajo,

MARÍA SANDRA PACHECO MAYA

Expediente n.º 47/ Med-Conc / 2018

ACTA

En Badajoz, a las 10:00 horas del día 1 de febrero de 2019 reunidos en la sede de la UMAC (local ce dido), ante el órgano Mediador-Conciliador del Servicio Regional de Mediación y Arbitraje de Extremadura integrado por: D. Gonzalo González Tejedor.

-- Secretaria: Dña. Olivia Galache Andújar.

La presente reunión, segunda de las celebradas, corresponde al procedimiento de mediaciónconciliación del Expediente de referencia marginal, iniciado a instancias de D. Joaquín Luís María Ramos, en calidad de Secretario Regional del Sindicato de Restauración Social de la Unión General de Trabajadores (UGT- FESMC Extremadura), frente a la Confederación de Empresarios de Turismo de Extremadura (CETEX), en procedimiento de conflicto colectivo que versa sobre: 'Aplicación e Interpretación del artículo 43 del vigente Convenio Colectivo de Hostelería de la provincia de Badajoz: 'Promoción Económica', registrado de entrada en fecha 8 de diciembre de 2018, suspendido por acuerdo de las partes en sesión de 16 de enero de 2019.

COMPARECEN

De una parte, como Solicitante y actuando en representación de Parte Social en la Comisión Negociadora del convenio colectivo:

D. Joaquín Luis María Ramos, DNI ***2749**, en calidad de Secretario Regional del Sindicato de Restauración Social de la Unión General de Trabajadores (UGT- FESMC Extremadura).

Como legitimado no solicitante, actuando, así mismo, en representación de la parte social:

Dña Valentina Tarriño Pastor, con DNI ***3628**, en calidad de Secretaría General de la Federación de Servicios de CCOO Extremadura.

Dña. Carmen Suarez Fornelino, con DNI ***8139**, en calidad de Secretaría de Acción Sindical de la Federación de Servicios de CCOO Extremadura.

De otra parte, como No solicitante y actuando en representación de la Parte Empresarial en la Comisión Negociadora del convenio colectivo: Confederación de Empresarios de Turismo de Extremadura (CETEX):

D. Carlos Bernáldez García, con DNI ***0780**, en calidad de Secretario de CETEX.

D. José Luis Iniesta Gallardo, con DNI ***6262**, en calidad de Representante de CETEX.

D. Rodrigo Bravo Bravo, con DNI ***3377**, en calidad de Letrado.

EXPOSICIÓN DE HECHOS

Constan relacionados en el escrito de iniciación del presente procedimiento de Conflicto presentado en el Registro del Servicio Regional de Mediación y Arbitraje de Extremadura el día 8 de diciembre de 2018 por la parte solicitante, dándose por reproducidos en la presente Acta.

ABIERTO EL ACTO

Se procede a la reanudación del acto de mediación-conciliación suspendido por acuerdo de las partes en sesión de 16 de enero de 2019, según consta en acta levantada al efecto.

INTENTADO

Por el Órgano Mediador el acercamiento de posturas de las partes se consigue Acuerdo de las mismas en los siguientes términos:

La Comisión Negociadora del vigente convenio colectivo del sector de Hostelería de la provincia de Badajoz (DOE 14/07/2016) adopta el acuerdo de modificar la redacción del artículo 43 'Promoción económica', en los siguientes términos:

El trabajador que lleve como mínimo 20 años de servicio en la empresa, percibirá de esta el importe íntegro de tres mensualidades, incrementadas con todos los emolumentos inherentes a la misma, y una mensualidad más por cada cinco años que excedan de los veinte de referencia.

Las cantidades que resulten devengadas, de lo acordado en el párrafo anterior, serán abonadas por las empresas en las fechas que se vayan cumpliendo los plazos indicados, si bien se podrán pagar hasta en cuatro plazos, de común acuerdo entre empresa y trabajador, sin que en ningún caso se superen los seis meses desde su devengo.

El plazo de prescripción de un año para exigir el pago de estas cantidades empezará a contar a partir de la fecha de publicación en el DOE del presente acuerdo de modificación.

Las partes autorizan a Dña. Carmen Suárez Fornelino para tramitar la inscripción del presente acuerdo en el Registro de Convenios Colectivos (REGCON) y posterior publicación en el DOE.

El citado acuerdo supone la finalización del procedimiento de conciliación-mediación con el resultado de Avenencia.

El Servicio procederá a solicitar a la Autoridad Laboral la inscripción del acuerdo alcanzado en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, regulado por el Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de

Extremadura, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 2.1.d) y h), 6.1.c) y disposición adicional cuarta 1 c), del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

De todo ello, siendo las 11:00 horas, se extiende la presente acta, por cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados, siendo firmada por los comparecientes y los miembros del Órgano de Mediación.

Firmado:

Comparecientes

Órgano

mediador