Convenio Colectivo de Sec...e Gipuzkoa

Última revisión
11/02/2025

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIA SIDEROMETALURGICA (20001095011981) de Gipuzkoa

Sector Provincial. Versión VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2025 en adelante

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RESOLUCIÓN del Delegado Territorial de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, publicación y depósito de la revisión salarial para 2025 del Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Gipuzkoa (código 20001095011981). (Boletín Oficial de Gipuzkoa num. 27 de 11/02/2025)

ANTECEDENTES

Único. El día 24 de enero de 2025, la comisión negociadora del Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Gipuzkoa, ha presentado la revisión salarial para el año 2025, prevista en el mismo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia prevista en el art. 90.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el art. 18.2.g del Decreto 323/2024, de 5 de noviembre (Boletín Oficial del País Vasco de 21-11-2024) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo; en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (Boletín Oficial del País Vasco de 15-02-2011) y con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 12-06-2010) sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos.

Segundo. El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud,

RESUELVO

Primero.? Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos, con notificación a las partes.

Segundo.?Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.

San Sebastián, a 28 de enero de 2025. El delegado territorial, Victor Monreal de la Iglesia.

ANEXO I

METAL AÑO 2025

TABLAS DE RETRIBUCIONES MÍNIMAS

(TABLAS OMITIDAS. Consultar en documento PDF de publicación)

ANEXO II

METAL AÑO 2025

TABLA DE RETRIBUCIONES MÍNIMAS (ARTÍCULO 42)

(TABLA OMITIDA. Consultar en documento PDF de publicación)