Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIA SIDEROMETALURGICA (22000275012003) de Huesca
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Convenio Colectivo de Sec... de Huesca

Última revisión
01/02/2018

Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIA SIDEROMETALURGICA (22000275012003) de Huesca

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2018

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Documento oficial en PDF(Páginas 54-62)

Inscripcion en el registro y publicacion de las Tablas Salariales del Convenio Colectivo para la Industria Siderometalurgica de la provincia de Huesca. (Boletín Oficial de Huesca num. 22 de 01/02/2018)

RESOLUCIÓN del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las Tablas Salariales del Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Huesca.

Vista el Acta de fecha 17 de enero de 2018, suscrita por los integrantes de la Comisión Paritaria del CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA DE LA PROVINCIA DE HUESCA, que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del vigente convenio se aprueban las Tablas Salariales y los incrementos para el año 2018, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenio y Acuerdos Colectivos de Trabajo este Servicio Provincial del Departamento de Economía, Industria y Empleo,

ACUERDA

1.Ordenar la inscripción del Acta citada en el Registro de Convenios y Acuerdos colectivos de este Servicio Provincial, con notificación a la Comisión Paritaria.

2.Disponer la publicación del acta y las tablas salariales para el año 2018 en el Boletín Oficial de la Provincia.

Huesca, 26 de enero de 2018. La Directora del Servicio Provincial, Marta P. Rodríguez Vicente

REPRESENTACION

EMPRESARIAL

D. SALVADOR CORED BERGUA

D. ROGELIO LOPEZ MARQUES

POR LA REPRESENTACION DE LOS

TRABAJADORES

CCOO INDUSTRIA

TITULAR

D . JOSE VEGAS GRAU

ASESORES

D. CELSO HORBERO HIDALGO

D. SANTIAGO VA GIL

UGT-FICA

TITULARES

D. ANTONIO RODELLAR PORTA

A C T A

En Huesca, siendo las 11,30 horas del día 17 de Enero de 2018, en los locales de CEOS CEPYME HUESCA, Plz. Luis López Allué, 2ª, se reúnen las personas al margen relacionadas que constituyen la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la Provincia de Huesca, tal y como establece el Art. 10 del citado convenio.

El motivo de la reunión es el dar cumplimiento a lo establecido en los siguientes artículos:

Articulo 21 Retribuciones que establece lo siguiente:

Para el segundo año de vigencia del Convenio (2018), se acuerda un incremento del 1,8%, sobre las tablas salariales del año 2017, una vez revisadas si procede y con efectos y devengos a partir del 1 de enero de 2018.

Artículo 22º. Cláusula de Revisión Salarial. Para cada uno de los años de vigencia del Convenio, si el incremento pactado fuera inferior al IPC real, el exceso será tenido en cuenta a efectos de su inclusión en la base de cálculo para la elaboración de las tablas salariales del año siguiente, tomando como referencia las tablas utilizadas para realizar los aumentos pactados en año anterior.

Dado que el IPC real publicado con fecha 12 de Enero de 2018 por el Gobierno, ha sido del 1,1% no corresponde aplicar revisión alguna.

Articulo 26 - Dietas - para 2018 quedan establecidas en dieta completa la cantidad de 42.50 euros y por media dieta 15,94 euros

Articulo 27 - Plus de eventualidad - Para el año 2018 queda establecido en 0,80 euros por día efectivamente trabajado A

Elaboradas las tablas, se encuentran conformes, adjuntándose como anexo a la presente acta y adoptándose el acuerdo de remitir las mismas a la Dirección Provincial de Trabajo.

Designar a D. Salvador Cored Bergua, representante de la FEMHU, para realizar ante la autoridad laboral todo tipo de gestiones, trámites y el registro en el REGCON de la presente acta de la comisión paritaria.

Y en prueba de conformidad, siendo las 12 horas del día en principio señalado, se dio por finalizada la reunión firmándose por las partes la presente Acta.

REPRESENTACION UGT-FICA y CCOO INDUSTRIA EMPRESARIAL

TABLA CONVENIO 2018

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