Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS (41002445011982) de Sevilla
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Convenio Colectivo de Sec...de Sevilla

Última revisión
27/05/2013

Revisión. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS SIDEROMETALURGICAS (41002445011982) de Sevilla

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2013

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Acta de la Comision Paritaria del Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalurgicas de la provincia de Sevilla, acordando modificaciones salariales y cuantias de pluses para los años 2012. 2013. (Boletín Oficial de Sevilla num. 120 de 27/05/2013)

Visto el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Sevilla, acordando modificaciones salariales y cuantías de pluses para los años 2012. 2013.

Visto lo dispuesto en el art 90 2 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (E T) de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro

Visto lo dispuesto en los arts 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre "registro y depósitos de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo", serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivo de trabajo de las autoridades laborales" los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Titulo III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores RD Legislativo 1/95, de 24 de marzo, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor acuerdos de Planes de Igualdad y otros

Visto lo dispuesto en los arts 3, 6 y 8 del RD 713/2010, de 28 de mayo Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo, Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías. Decreto 149/2012, de 5 de junio, que regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, que regula la organización Territorial Provincial de la Administración de la Junta de Andalucía Esta Delegación Territorial acuerda:

Primero -Registrar y ordenar el depósito del Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Sevilla, acordando modificaciones salariales y cuantías de pluses para los años 2012, 2013.

Segundo.-Disponer su publicación gratuita en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Sevilla a 22 de abril de 2013 -La Delegada Territorial, Aurora Cosano Prieto

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS SIDEROMETALÚRGICAS DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

En la ciudad de Sevilla, siendo las 11 00 horas del día 26 de febrero de 2013, se reúnen en la Sala de Junta de la Federación de Empresarios del Metal de Sevilla (FEDEME) los integrantes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas de Sevilla, abajo firmantes:

- Por FEDEME:

Don Carlos Jacinto Marín Doña Ana Cañavate Cazorla

- Por CC OO:

Don Francisco Suárez Sayago Doña Isabel Mora Toro

- Por UGT:

Don Joaquín Barrera Vázquez.

Don José A Míguez Álvarez

Los intervinientes declaran constituida la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Siderometalúrgico de Sevilla y seguidamente, atendiendo a lo establecido en el artículo número 13, punto primero, del Texto Articulado con vigencia de 1 de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2014 convienen fijar los siguientes acuerdos:

1) Aprobar un Anexo I Bis 2012 comprensivo de las cantidades anuales que resultan de la aplicación de la Cláusula de Actualización Salarial prevista en el artículo número 13, letra a), párrafo tercero, del Texto Articulado actualmente vigente (0,2%) Las referidas cantidades serán abonadas por las empresas, en un único pago, antes del 31 de marzo de 2013

Igualmente, la Comisión Paritaria conviene interpretar la referida Clausula de actualización acordando que la revisión salarial correspondiente al año 2012 como resultado de la misma (0,2%) se consolidará en Tabla Salarial con efectos 1 de enero de 2014, para lo que se procederá a convocar a la citada Comisión a tal efecto.

2) Aprobar la Tabla de Salarios diarios para las Industrias Siderometalúrgicas de la provincia de Sevilla, con efecto desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2013, confeccionada con un incremento salarial del 1% respecto de los salarios vigentes a 31 de diciembre de 2012, publicados en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla de fecha 9 de octubre de 2012.

3) Aprobar las cuantías fijadas para los Pluses correspondientes al año 2013, en las siguientes cantidades:

a) Plus de festivos y domingos (art 13 10): 18,48 euros

b) Plus de Minusválidos (art 13 11): 17,89 euros

c) Plus triple turno (art 13 12): 2, 35 euros

d) Plus de doble turno (art 13 12): 1,70 euros

e) Plus de hospital (art 13 14): 2,19 euros

f) Absentismo (art 17): 23,19 euros

g) Plus de bocadillo: 1,70 euros

4) Aprobar el importe actualizado de las dietas y del plus de transporte para el año 2013 (1 enero a 31 de diciembre de 2013) en las siguientes cantidades Estos conceptos no devengarán atrasos:

Dietas (art 14): Media: 10,65 euros; completa: 42,89 euros; canasto: 7,01 euros

Dietas Montaje (art 10): Media: 8,82 euros; completa: 40,58 euros

Plus Transporte (art 13 16): 3,14 euros

5) Aprobar el Anexo VI "Salario Base por categorías profesionales a efectos del valor de quinquenios vigente desde 01/01/13, como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto de Salario Mínimo Interprofesional 2013, de fecha 28 de diciembre de 2012"

6) Registrar electrónicamente la presente acta y sus anexos ante la Autoridad Laboral interesando su posterior publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

No habiendo más asuntos que tratar, se da por terminada la reunión siendo las 12.00 horas del día mencionado al comienzo redactándose la presente acta que es firmada por los señores asistentes en sus respectivas representaciones, en prueba de conformidad. (Siguen varias firmas ilegibles.)

ANEXOS

TABLAS SALARIALES

REFF#6-10#

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