Convenio Colectivo de Sector de LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES (01000995011981) de Álava
Convenios
Convenio Colectivo de Sec...) de Álava

Modificacion/Interpretacion. Convenio Colectivo de Sector de LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES (01000995011981) de Álava

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Junio de 2018

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Acuerdo de interpretacion del articulo 46 del convenio colectivo del Sector de Limpiezas de Edificios y Locales de Alava. Codigo Convenio num. 01000995011981 (Boletín Oficial de Álava num. 88 de 01/08/2018)

III - OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

GOBIERNO VASCO

DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y JUSTICIA

Delegación Territorial de Álava

Acuerdo de interpretación del artículo 46 del convenio colectivo del Sector de Limpiezas de Edificios y Locales de Álava

Resolución del delegado territorial de Trabajo y Seguridad Social de Álava del Departamento de Trabajo y Justicia, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del acuerdo de interpretación del artículo 46 del convenio colectivo del Sector de Limpiezas de Edificios y Locales de Álava Código Convenio núm. 01000995011981.

ANTECEDENTES

El día 9 de julio de 2018 se ha presentado en esta delegación el texto del acta de la Comisión Negociadora suscrito por la representación empresarial APEL-AFELIN y ASPEL y la representación social, UGT y CCOO en la mesa negociadora, el día 1 de junio de 2018.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia prevista en el artículo 90.2 de la ley del estatuto de los trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre de 2015) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el artículo 15.1.h del Decreto 84/2017, de 11 de abril (BOPV de 21 de abril de 2017) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (BOPV de 15 de febrero de 2011) y con el Real Decreto 713/2010 de 28 de mayo (BOE de 12 de junio de 2010) sobre registro de convenios colectivos.

Segundo. El acuerdo adoptado por la Comisión Negociadora del convenio colectivo citado ha sido suscrito de conformidad con lo previsto en los artículos 88, 89 y 90 de la referenciada ley del estatuto de los trabajadores.

En su virtud,

RESUELVO

Primero. Ordenar su registro y depósito en la Oficina Territorial de Álava del Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo del País Vasco, con notificación a las partes.

Segundo. Disponer su publicación en el BOTHA.

Vitoria-Gasteiz, 19 de julio de 2018

El delegado territorial de Álava

Álvaro Iradier Rosa

Acta de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de limpiezas de edificios y locales de Álava, años 2016-2019

(Código convenio número 01000995011981, BOTHA 39 de 6 de abril de 2018).

En Vitoria-Gasteiz, a las 12:30 horas del día 1 de junio de 2018 en la sede territorial de Álava de Lan Harremanen Kontseilua/ Consejo de Relaciones Laborales (PRECO), y en presencia del responsable territorial para la gestión del PRECO se han reunido la representación sindical UGT y CCOO, y las representaciones empresariales, APEL-AFELIN y ASPEL, todos ellos y ellas se reconocen recíprocamente la representación que ostentan y su plena capacidad para obrar en este acto.

El objeto de la reunión es tratar sobre el siguiente tema:

Solicitud presentada por (FeSMC-UGT Euskadi) el 22 de mayo de 2018, registro de entrada 863, sobre interpretación del artículo 46 del convenio.

Tras exponer sus puntos de vista al respecto, se ha alcanzado por unanimidad el siguiente

Acuerdo

La comisión paritaria considera que el plus de firma convenio no constituye un atraso salarial y que se deberá de abonar en la nómina correspondiente al mes siguiente al de la publicación del convenio, esto es, en la nómina del mes de mayo de 2018 y por la empresa con la que el trabajador/a mantenga en dicho momento en vigor su relación laboral.

Sin más asuntos que tratar, finaliza la presente reunión a las 13:15 horas.