Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA MADERA (06000345011981) de Badajoz
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Convenio Colectivo de Sec...de Badajoz

Última revisión
04/03/2020

Calendario. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA MADERA (06000345011981) de Badajoz

Sector Autonómico. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2020

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Documento oficial en PDF(Páginas 66-68)

Resolucion de 29 de enero de 2020, de la Direccion General de Trabajo, por la que se ordena la inscripcion en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autonoma de Extremadura y se dispone la publicacion del Acta de fecha 12 de diciembre de 2019, en la que se acuerda el calendario laboral para 2020 del Convenio Colectivo Industrias de la Madera de la provincia de Badajoz. Codigo de convenio 06000345011981 (Diario Oficial de Extremadura num. 44 de 04/03/2020)

Visto el texto del Acta de 12 de diciembre de 2019, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de sector 'Industrias de la Madera de la provincia de Badajoz' -código de convenio 06000345011981-, publicado en el DOE n.º 235, del 5 de diciembre de 2019, en la que se acuerda el calendario laboral para 2020, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en el artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

Esta Dirección General de Trabajo,

R E S U E L V E :

Primero. Ordenar la inscripción de la citada Acta en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, 29 de enero de 2020.

La Directora General de Trabajo,

MARÍA SANDRA PACHECO MAYA

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL

CONVENIO DE INDUSTRIAS DE LA MADERA PARA LA PROVINCIA DE BADAJOZ

En Don Benito, siendo las 13:00 hrs. del día 12 de diciembre de 2019, se reúnen en los salones de reuniones de la ASIMA de Don Benito representantes de las centrales sindicales más representativas del sector para la provincia de Badajoz, así como miembros de la Asociación ASIMA, como organización empresarial más representativa, todos ellos componentes de la Comisión Paritaria del convenio de referencia, quedando la mesa compuesta como sigue:

Parte social:

Parte empresarial: ASIMA

UGT - FICA

D. Antonio Gallego Velarde.

D. Paulino Guardado Mirón.

(CC.OO. de Construcción y Servicios)

D. Román Valadés Aparicio.

D. Manuel Granero Flores.

Seguidamente se acuerda por todos los presentes el nombramiento de D. Román Valadés Aparicio como Secretario de la Comisión Paritaria.

Se procede a la elaboración del calendario laboral para la provincia de Badajoz del año 2.020 para ajustarse a las 1.752 horas establecidas en el convenio colectivo, el cuál podrá ser modificado por las empresas del sector, previo acuerdo entre las empresas y lo representantes legales de los trabajadores, respetándose la jornada anual establecida en el convenio colectivo.

Tras la deliberación y negociación correspondiente queda el mismo establecido como sigue:

Los días festivos de convenio acordados como consecuencia del exceso de jornada, tienen carácter abonable y no recuperable, además de no ser computables a los efectos del disfrute de vacaciones, siendo estos los que a continuación se detallan:

-- 13 de abril.

-- 4 de mayo.

-- 14 de agosto.

-- 7 de septiembre

-- 24 y 31 diciembre.

-- 1 día durante las ferias y fiestas de cada localidad.

-- 2 días de asuntos propios.

Si algún día festivo de convenio coincidiese con fiesta local, el festivo de convenio pasaría a disfrutarse el día laborable inmediatamente anterior o posterior a la fiesta local. De los 30 días de vacaciones anuales al menos 21 de ellos serán laborables. En el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con sábado o domingo, pasaría declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o posterior.

Igualmente se acuerda remitir el presente acuerdo con el calendario resultante a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Igualdad y Empleo de la Junta de Extremadura, para su registro y orden de publicación en el Diario de Extremadura o Boletín oficial de la Provincia, facultando y autorizando para su presentación a don Fidel Pozas Martín con DNI número: ***43.65**, para efectuar los trámites necesarios en la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura a efectos de registro y publicación de esta acta con sus correspondientes copias.

FDO. PAULINO GUARDADO MIRÓN

FDO. MANUEL GRANERO FLORES

Por UGT ­ Fica

Por CCOO Construcción y Servicios

FDO. ANTONIO GALLEGO VELARDE

FDO. ROMÁN VALADÉS APARICIO

Por ASIMA