Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA MADERA (21000295011981) de Huelva
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Revision. Convenio Colectivo de Sector de INDUSTRIAS DE LA MADERA (21000295011981) de Huelva

Sector Provincial. Versión anterior. NO VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2005

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Revision salarial del convenio colectivo provincial para las Industrias de la Madera. Codigo de Convenio: 2100295 (Boletín Oficial de Huelva num. 182 de 25/09/2006)

Preambulo

Código de Convenio: 2100295. VISTO el texto de la Revisión Salarial del convenio colectivo provincial para las Industrias de la Madera, que fue suscrita con fecha 6 de mayo de 2006, por los representantes del sector y de sus trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, apartados 2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, en el Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, por el que se traspasan funciones y servicios a la Junta de Andalucía, y en los Decretos 11/2004, de 24 de abril, y 203/2004, de 11 de mayo, sobre reestructuración de Consejerías y estructura orgánica de la Consejería de Empleo, respectivamente, esta Delegación Provincial, en uso de sus atribuciones,

Acuerda:

PRIMERO

Ordenar la inscripción de la referida revisión salarial en el registro correspondiente, con notificación a las partes que la han suscrito.

SEGUNDO

Disponer la remisión del texto original de dichas revisiones al Departamento del Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, a los efectos prevenidos en el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo.

TERCERO

Solicitar la publicación del texto de las revisiones salariales mencionada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva, para conocimiento y cumplimiento del mismo por las partes afectadas.

Huelva, a 24 de agosto de 2006. - Delegado Provincial.

Fdo.: Juan Márquez Contreras.- José Román Álvarez, Secretario General (Decreto 21/85 Consejería Presidencial)

ACTA DE CONSTITUCIÓN Y DE FIRMA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS INDUSTRIAS DE LA MADERA DE LA PROVINCIA DE HUELVA DEL AÑO 2006 Y REVISIÓN SALARIAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2005

En la ciudad de Huelva a 6 de mayo de 2006 siendo las trece horas se reúnen en la sede de la FOE las personas relacionadas al final, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Provincial de referencia.

Por las respectivas representaciones se hace constar:

Primero

Que se ha constatado que el indica de precios al consumo del año 2005 ha sido establecido en un 3,7%, por lo que procede una revisión salarial del las tablas salariales del año 2005 en un 1,7%. Consecuente con ello, se firma en este acto las tablas definitivas para dicho año ya revisadas con el 1,7% aludido.

Segundo

Que en esta misma fecha se constituye la Comisión Negociadora del Convenio de referencia formando parte de la misma la Asociación de empresarios del sector y las centrales sindicales UGT y CC. OO. Reconociéndose reciprocamente capacidad para el otorgamiento del presente acto.

Tercero

Que, tras las deliberaciones oportunas, habiendo llegado a un acuerdo en el mismo las partes suscriben el Texto articulado del Convenio de referencia vigente desde 1 de enero de 2006 hasta 31 de diciembre de 2006, así como sus tablas salariales, y convienen igualmente en remitirlo, así como la documentación complementaria, a la Delegación Provincial de Empleo de Huelva a los efectos de registro y archivo previstos en la ley.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 14 horas del dia de la techa.

ASISTENTES:

Por UGT: Don Oiego Vega Prera y Don Sebastián Donaire Salas.

Por CC. OO.: Don José Maria Cáceres Viejo y Don Manuel Gutiérrez Ruiz.

Por la Asociación de Empresarios de la Madera: Don Rafael Moreno Dominguez, Don Juan Manuel Jurado Almonte, Don Emilio Navarro López, Don Lorenzo Sevilla López y Don José Fco. Daza Suárez (asesor empresarial).

TABLAS SALARIALES PARA EL CONVENIO PROVINCIAL DE LA MADERA DE 2005 (IPC REAL + 1 PUNTO = 4,70)

Esta norma contiene tablas, si desea consultarlas pulse AQUI

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